Boletín
CHILPANCINGO. El diputado Osbaldo Ríos Manrique presentó una iniciativa de reforma la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y a la Ley Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados del Estado, con el objeto de que se reconozca el derecho de la base trabajadora al goce de la prima de antigüedad.
El legislador de Morena precisó que este incentivo consistirá en el importe de 15 días de salario por cada año de servicio, misma que se pagará al trabajador que se separe o sea separado del empleo, con independencia de la causa; y si el trabajador no hubiera completado el año de servicio, se cubrirá el pago proporcional al número de días laborados.
En su exposición de motivos, señaló que las y los legisladores tienen la obligación de legislar y servir con eficacia a la sociedad guerrerense, hecho por el cual considera necesario hacer adiciones a las leyes que regulan la relación de trabajo en los municipios y el estado, a efecto de que se les reconozca a los trabajadores el derecho a una prima de antigüedad.
Y es que, expuso, existen numerosos casos en que después de muchos años de servicio el trabajador se retira de la función pública sin ninguna prestación que haga posible subsistir, por no tener la posibilidad de obtener una jubilación o pensión, e incluso carecen de los beneficios de la seguridad social.
En ese sentido, citó que los trabajadores amparados por el dispositivo 162 de la Ley Federal del Trabajo, emanada del apartado “A” del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce este derecho a favor de los trabajadores, de lo cual se infiere que en el sector particular es una obligación, pero en el oficial es un asunto pendiente.
Por lo anterior, Ríos Manrique indicó que, en aras de una verdadera justicia social, el estado de Guerrero y sus municipios deben reconocer el derecho de la base trabajadora al goce de la prima de antigüedad.
Esta propuesta de adición a los preceptos 41 Bis de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero, y el 36 Bis 3 de la Ley Número 51 Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados del Estado de Guerrero, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo para su análisis y dictaminación.
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