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El desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento

Dr. Trinidad Zamacona López.

En días pasados se suscitó un acontecimiento con la gobernadora Evelyn Salgado, cuando al salir a dar a conocer la estrategia de seguridad en la zona Norte, tenía de fondo una bandera pintada o elaborada según por artesanos de esa región.

Hasta ahí todo iba bien, sin embargo, se observó una bandera nacional que no correspondía a la real, a la que le rendimos honores.

Como mexicanos nuestro lábaro patrio es sagrado, todos estamos obligados a respetarlo, a rendirles honores, incluido el Presidente de México, por ello es que muchos alzamos la voz para hacer un señalamiento de que se respete, no se mutile o se haga mal uso de nuestros símbolos patrios, pues no nada más es la bandera, también es el himno y el escudo nacional.

En el gobierno panista de Vicente Fox Quesada, prácticamente se cercenó el águila y la dejó a la mitad, en aquel entonces Félix Salgado Macedonio era legislador federal, estamos hablando del año 2000, el diputado reclamaba: “Dónde quedaron los laureles, dónde quedó el encino, dónde quedó el nopal, dónde quedó nuestra historia de Tenochtitlan”.

Palabras más palabras menos, el entonces legislador guerrerense se molestó al ver el águila mocha y sentenció: “Solo falta que la veamos paradas en una botas”, refiriéndose a la que usaba el mandatario guanajuatense.

Qué pasó entonces en Iguala en el cuartel militar, pues la gobernadora dio su posicionamiento ayer, dijo: “Yo no alteré nada, yo no la mandé hacer, es una obra de los artesanos de Pilcaya que se la obsequiaron al batallón militar”. Pidiera ser que sea cierto, de que ella no lo mandó a elaborar, pero como reza el artículo 21 del Código Civil Federal: “La ignorancia de las leyes no excusa su cumplimiento; pero los jueces teniendo en cuenta el notorio atraso intelectual de algunos individuos, su apartamiento de las vías de comunicación o su miserable situación económica, podrán, si está de acuerdo el Ministerio Público, eximirlos de las sanciones en que hubieren incurrido por la falta de cumplimiento de la ley que ignoraban, o de ser posible, concederles un plazo para que la cumplan; siempre que no se trate de leyes que afecten directamente al interés público”.

En este caso sí afectó el interés público de los guerrerenses, pues no se trata de cualquier ciudadana, se trata de la persona que represente el interés de todos, no tuvo el cuidado necesario con respecto a que saber lo que dice la ley que protege la bandera, el escudo y el himno nacional, de ahí viene el reclamo que no la exime de su cumplimiento.

Como podemos observar en la transcripción de los arábigos anteriores, la mandataria estatal no está en este supuesto de ignorar la ley, sin embargo, hay responsabilidad compartida, con el jefe militar del lugar, con sus colaboradores, en el castrense por tener una bandera que no corresponde a la que respetamos y rendimos honores, y a sus colaboradores de la mandataria por no tener el cuidado de llevar a su jefa a un lugar en donde no será blanco de ataques por lo que diga, haga o deje de hacer, deben de cuidar más su figura, cuidar más su discurso y sobre todo lo que haga en los eventos oficiales.

El artículo 2º de la Ley sobre el escudo dice: “La bandera y el himno nacional establece que el Escudo Nacional está constituido por un águila mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural. Posada su garra izquierda sobre un nopal florecido que nace en una peña que emerge de un lago, sujeta con la derecha y con el pico, en actitud de devorar, a una serpiente curvada, de modo que armonice con el conjunto. Varias pencas del nopal se ramifican a los lados. Dos ramas, una de encino al frente del águila y otra de laurel al lado opuesto, forman entre ambas un semicírculo inferior y se unen por medio de un listón dividido en tres franjas que, cuando se representa el Escudo Nacional en colores naturales, corresponden a los de la Bandera Nacional”. Con su diverso 5º arábigo que prescribe lo siguiente: “Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia”.

Eso lo debe de saber la mandataria para no cometer errores en su andar como representante de todos los guerrerenses.

En consecuencia deberá de asumir su responsabilidad, que sabiendo que no podrá hacer modificación alguna de los símbolos patrios o consentir que se lo hagan otras personas correspondió actuar en consecuencia y prevenir al castrense, de que no se colocara esa artesanía o mural en dicho cuartel, al contrario debió evitar estar al frente y la bandera atrás como fue hecha por los artesanos, para evitar el penoso hecho de ser señalada como la autora de modificarla, y además le indilgaron la S del apellido de su padre.

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