Armando Ríos Piter
La semana pasada tuvimos noticias sobre un enfrentamiento entre dos agrupaciones sindicales, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (CATEM). Se dice que ambas luchan por el contrato colectivo de trabajo de quienes laboran en la Refinería de Dos Bocas, municipio de Paraíso, Tabasco. Los hechos tuvieron fuerte difusión, con imágenes de trabajadores heridos, mismos que fueron replegados por parte de la policía, elementos de la Marina y la Sedena fuera de la zona de construcción, de la obra prioritaria del gobierno federal.
En el enfrentamiento se usaron gases lacrimógenos contra empleados de la empresa ICA que reclamaban mejores condiciones laborales. Ante estos hechos, el presidente López Obrador declaró que hay una competencia entre sindicatos y subrayó: “No es que se esté pagando mal a los trabajadores. Tienen todas sus prestaciones y tienen sus sueldos justos, el problema es que se pelean los líderes para tener el control”. En torno al conflicto se ha dicho que los trabajadores tienen que cubrir una cuota sindical de hasta el 4% para tener acceso al empleo. Al mismo tiempo se han expuesto críticas sobre el hecho de que el sindicato ya se había elegido, aún antes de que hubiera trabajadores, lo que a decir de algunos, es la base para el “control político” en la obra.
Sirva este episodio para recordar que con base en la Reforma Laboral aprobada en la presente administración, la elección de los dirigentes laborales deberá ser efectuada mediante el voto personal, libre y secreto de los trabajadores. Lo anterior con el fin de que los empleados elijan a los líderes sindicales, evitando las votaciones a mano alzada. Esta misma condición deberá cumplirse cuando los grupos sindicales aspiren a establecer una huelga o firmar un contrato colectivo. Incluso, en consonancia con la legislación nacional, el nuevo capitulado del Tratado Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC) en este rubro propone establecer mejores condiciones de justicia laboral y estándares de contratación.
Connotados laboralistas han criticado que en la actual legislación, persisten condiciones que contrarían el espíritu de la reforma, en cuanto a la libre elección. Tal es el caso de la “cláusula de exclusión por ingreso” expuesta en el artículo 395, la cual mantiene una forma de condicionamiento en su empleo a los trabajadores, debido a que permite que se exija la afiliación a un sindicato o de lo contrario no podrán trabajar. Del mismo modo, hay que recordar que en virtud del artículo 110, fracción VI de la Ley Federal del Trabajo, las cuotas sindicales deberían ser voluntarias, de la misma forma en que el trabajador debe ser libre para elegir si pertenece o no a un sindicato.
Es indispensable que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), verifique la situación que impera en Dos Bocas. Es necesario que se escuche a los trabajadores de la empresa encargada de la construcción de la refinería y se rinda un informe puntual que sea conocido en todo el país. La crisis en la obra tabasqueña puede servir como un gran ejemplo sobre la forma en que deben evolucionar los derechos e instituciones laborales en nuestro país. También será precedente de la forma en que deben transparentarse las relaciones productivas entre empleados y empleadores.
El mercado laboral sigue siendo uno de los grandes retos en nuestro país. Basta mencionar que en el Foro Económico Mundial, este tema ha sido considerado como el segundo mayor problema de México, sólo por debajo de la inseguridad, debido al impacto que genera en la competitividad en su conjunto. Tan solo recordar que el año pasado se publicó que México pasó del lugar 50 al 53 en el ranking de competitividad del IMD Business School, debido al debilitamiento del desempeño económico, debido principalmente por deficiencias en el empleo y el sector educativo.