Tipifica el Congreso el delito de acecho y sanciona denuncias falsas contra docentes

Boletín

Chilpancingo, Gro.- Para incorporar el delito de “acecho” y sancionar a quienes de manera dolosa denuncian hechos falsos en contra del personal docente, diputadas y diputados de la LXIV Legislatura aprobaron una serie de reformas y adiciones al Código Penal del Estado de Guerrero.

En el primer caso, derivado de propuestas de la diputada Deyanira Uribe Cuevas (MC) y del diputado Jorge Iván Ortega Jiménez (PRD), la tipificación del acecho tiene como objetivo lograr que esta conducta sea investigada y juzgada de forma más eficaz, evitando que se cometan más delitos asociados.

Al fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión de Justicia, el diputado Jorge Iván Ortega refirió que esta modificación es indispensable ante la falta de una penalidad y regulación que proteja a quienes sufren de situaciones tan estresantes como el acecho.

“Si bien este delito no es nuevo, porque ya en otros estados de la República se ha legislado para que a quienes realizan ese tipo de acciones se les castigue con una penalidad y una multa considerable, en Guerrero existe un vacío legal en nuestro Código Penal”, argumentó el legislador.

En ese sentido, indicó que las adiciones al Código Penal local son para establecer que comete este delito cuando alguien, de manera reiterada, directamente o por interpósita persona, acecha o intimida a una persona por cualquier medio, incluidos los electrónicos, generándole daño, amenaza o temor fundado por su seguridad o integridad personal, de su familia o patrimonio.

De la misma forma, queda estipulado que incurre en esta conducta delictiva quien vigile, siga, persiga, rastree o busque cercanía física con una persona en contra de su voluntad, o establezca comunicación persistentemente, en dos o más ocasiones, a través de cualquier medio de comunicación o redes sociales. Por la comisión de este delito se impondrán penas de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Respecto a la propuesta de la diputada María de Jesús Galeana Radilla (PRD) para adicionar los párrafos segundo, tercero y cuarto, recorriendo el actual en lo subsecuente para formar el quinto párrafo del artículo 317 del Código Penal, se establecieron sanciones a quienes de manera dolosa denuncien hechos falsos en contra del personal docente de Guerrero.

En el dictamen se señala que con esto se evitará que las denuncias falsas sean utilizadas como instrumentos de presión, venganza o manipulación, lo cual no solo afecta a las personas directamente involucradas, sino que también genera cargas innecesarias a las instituciones encargadas de la procuración de justicia y debilita la confianza ciudadana en ellas.

Además, con esto se busca dignificar y proteger al magisterio, reconociendo que el personal docente enfrenta diariamente retos complejos en el ejercicio de su función, y que la existencia de denuncias falsas como mecanismo de represalia afecta no solo su integridad personal y profesional, sino también el adecuado desarrollo del proceso educativo.

También se contempla una reparación integral del daño causado, mediante una indemnización de hasta mil días de multa y la publicación de sentencia absolutoria a favor del sentenciado o presunto ofendido, según sea el caso, en medios digitales personales del sujeto activo, en medios de comunicación estatales y el medio oficial del órgano jurisdiccional que haya conocido el asunto. Este segundo dictamen fue fundamentado por el diputado Carlos Eduardo Bello Solano, presidente de la Comisión de Justicia.

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