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SOS COSTA GRANDE

(Misael Tamayo Hernández, in memóriam)


Como actos de consolación se pueden considerar los medios de impugnación que están tramitando los representantes de los candidatos perdedores a las gubernaturas de los estados de Guerrero, Michoacán, Campeche y San Luis Potosí. Pero sobre todo en el estado de Guerrero.
Y para aquellos que van a pegar el grito en el cielo por la entrada a esta columna de opinión, de una vez les aclaramos que no estamos convertidos en defensores de oficio de Evelyn Cecia Salgado Pineda, La Torita, a quien los porristas mediáticos sí menospreciaron y sí sometieron a violencia política de género, sobre todo al señalarla como neófita en la política y al ligarla a una familia a la que ya no pertenece.
Pero centrémonos en la litis de los medios de impugnación, 84 en total, que han presentado los representantes del candidato de la alianza PRI-PRD, Mario Moreno Arcos, mediante los cuales pretenden anular la elección a la gubernatura del estado.
Entre los señalamientos que los representantes de Moreno Arcos están invocando para anular la elección es que la gobernadora electa, Evelyn Cecia Salgado Pineda, no se encontraba entre la lista original de los aspirantes del Morena; que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, hizo campaña a favor de La Torita desde el mismísimo palacio nacional; que hubo muchas irregularidades durante el desarrollo de la jornada electoral y, sobre todo, que la diferencia entre la gobernadora electa y el candidato perdedor, es menor de 5 puntos.

El triunfo se 

mide por votos

Sin pasiones, pero también sin medias verdades, debemos de entender que los triunfos, por muy estrecho que sea el margen de victoria, son eso, son triunfos legítimos, así lo dicta la elemental aritmética, donde 2 es mayor que 1; donde 3 es mayor que 2, aunque la diferencia sea sólo “UNO”.

Luego entonces. y por supuesto 643 mil 814 votos son más que 580 mil 971 votos, por una diferencia nada despreciable de 62 mil 846 sufragios.

Obviamente que lo deseable, para que al candidato perdedor no le quede lugar a dudas de su derrota -o como dicen en mi pueblo, “para que no pida ni agua”-, se incorporó la salomónica ventaja de 5 puntos para que no consideren la posibilidad de impugnar.
Sin embargo, el que la gobernadora electa no los haya alcanzado, no deslegitima su triunfo como para decir que se tiene que anular la elección; todo lo contrario, la correcta interpretación de la ley sólo le da la oportunidad al perdedor de solicitar “ad cautelam” que se otorgue el beneficio de revisar las casillas donde él y sus representantes consideren que pudo existir un error en el conteo, sobre todo cuando existió sospecha de mal manejo de la jornada electoral.
Obviamente, huelga decir que para motivar esta petición, previamente debieron de existir registros de incidentes en ese sentido, asentados en el acta de la jornada electoral, acta que todos los representantes de los partidos tienen que firmar y avalar.
Pero resulta que los medios de impugnación que están presentando los representantes de Mario Moreno Arcos, a juzgar por el sentido común, no justifican su pretensión ya que la mayoría sólo se centran en la queja de los actores políticos, en el sentido de la mala distribución de las regidurías y de las diputaciones plurinominales; es decir, no son incidentes que aludan directamente al conteo de votos en la elección de la gubernatura.
Para colmo de males, la pasada jornada electoral, salvo los incidentes de robo de urnas ocurridas en Tlapa, fue la más pacífica de las últimas tres jornadas electorales por la gubernatura del estado.
En cuanto a la participación de AMLO, habría que pedirle cuentas a los medios de comunicación que cuestionaron al presidente de la República una y otra vez sobre el caso Guerrero, puesto que fueron los medios de comunicación, en uso de su derecho de acceso a la información, quienes incluso le llegaron a cuestionar al mandatario sobre el “pacto patriarcal” que presumían existía a favor del Toro y, a la postre, de La Torita.
Finalmente, y no menos importante, en cuanto al señalamiento de que Evelyn Cecia Salgado Pineda no estaba en la primera lista de aspirantes, usando el más elemental sentido común, se puede arribar a la conclusión de que el proceso de designación de un candidato compete a la vida interna de los partidos políticos; y, en dado caso de que se quiera judicializar al extremo este tema, se puede aludir que se trató de una acción “superviniente” para subsanar la falta de un candidato. Al tiempo.

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