IRZA
Chilpancingo, Gro. (IRZA).- La revocación de mandato aún no es aplicable en Guerrero porque en la Ley de Participación Ciudadana no está reglamentada su implementación.
El exdiputado federal de Morena, Rubén Cayetano García dijo: “el Congreso local debe homologarla”. Pero, por su parte, el abogado José Balbuena Herrera afirmó que es factible recurrir a la Constitución General de la República para aplicarla en Guerrero.
Tal situación cobró relevancia en los últimos días, porque en redes sociales arreciaron las críticas de ciudadanos en contra de la alcaldesa de Chilpancingo, la morenista Norma Otilia Hernández Martínez, y coinciden en que se le debe iniciar un proceso de revocación de mandato.
En Guerrero sigue vigente la demanda de juicio político para separar a servidores públicos de sus funciones cuando hayan incurrido en faltas graves, como se lo establece el artículo 112 de la Constitución Política de Guerrero.
Cabe precisar que el país ya cuenta con una Ley Federal de Revocación de Mandato, a la cual ya se sometió el presidente Andrés Manuel López Obrador, en abril pasado. La participación ciudadana fue apenas del 18 por ciento, del cual el 92 por ciento de los mexicanos votó por su permanencia.
Sin embargo, esta figura aun no es aplicable en Guerrero pese a que ya está contemplada en la Constitución de Guerrero, porque el Congreso local no ha reglamentado su aplicación, confirmó el consejero del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Amadeo Guerrero Onofre.
“La Constitución Política del Estado sí contempla la figura de la revocación de mandato, no obstante, la Ley de Participación Ciudadana no establece las reglas para su implementación”, explicó.
En entrevista telefónica con Agencia de Noticias IRZA, el consejero precisó que la citada ley contempla, entre otros mecanismos de participación ciudadana, el plebiscito, pero añadió que no es vinculatorio para revocar el mandato.
“El plebiscito va más enfocado a proyectos, obras y decisiones que tengan un impacto en el estado o municipio, según sea el caso”, sintetizó.
Consultado vía telefónica, el abogado Rubén Cayetano García, exdiputado federal de Morena, consideró que el Congreso de Guerrero debe homologar la Ley Federal de Revocación de Mandato para su legítima aplicación en esta entidad. “Debe homologarse, con prontitud”, enfatizó.
Mientras que el también abogado José Balbuena Herrera, consultado también vía telefónica por Agencia IRZA, refirió que cuando en un estado no existe una ley en específico, se recurre a la aplicación de la Constitución General de la República.
“Si algún particular, algún justiciable, solicita la revocación de mandato plenamente acreditada por algún funcionario, ya sea gobernadora, diputado local, presidente municipal, se tendrá que aplicar de manera supletoria la Constitución General de la República. Resultan aplicables las leyes generales a lo particular”, agregó.
Precisó que lo conducente y legal es que los diputados del Congreso local homologuen la ley, aunque consideró que “no lo han hecho para no caer, válgase la expresión, por hacerse el harakiri, porque ellos podrían caer en esa situación”.
– ¿Esto, porque la revocación es aplicable para todas las autoridades electas por voto directo?
– “Sí, claro. Todos los cargos de elección popular tienen la posibilidad de revocarse su mandato”.