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Proponen que sea obligación del estado el suministro de materiales e insumos para el cuidado de la salud en los centros de trabajo

CHILPANCINGO. Para establecer la obligación del Estado de proporcionar a los trabajadores el material necesario para el cuidado de su salud en casos de pandemia, contingencia o emergencia sanitaria, el diputado  Marco Antonio Cabada Arias propuso reformar y adicionar las Leyes del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y el Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, los Municipios y Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados.

Esto en una iniciativa que analiza la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo, en la que el legislador de Morena expone que a pesar de que la Secretaría de Salud promueve detener de manera temporal las actividades no esenciales, reprogramar los eventos masivos y mantener a la mayoría de la población en sus viviendas, hay diversos trabajadores, sobre todo de dependencias gubernamentales, que se ven obligados a acudir a sus oficinas a laborar.

Esta acción, dijo, los hace más vulnerables al contagio, por lo que las dependencias tienen que cambiar su forma de trabajar para enfrentar nuevos y mayores desafíos, ya que se tienen que adaptar a la “nueva normalidad”, que implica seguir manteniendo las medidas de prevención y protección, como la aplicación de protocolos en sus centros de trabajo.

Agregó que los cubrebocas, caretas, guantes, gel antibacterial, líquido sanitizador, tapetes sanitizadores y otros insumos son parte del equipo de protección que deben proporcionar los empleadores en el centro de trabajo, pues son indispensables para realizar actividades presenciales y no pueden descontarse del sueldo de los trabajadores, mucho menos que lo adquieran con recursos propios.

Por ello propone que sea obligación del empleador brindar los insumos necesarios para proteger la salud del trabajador, ya que, a causa de la pandemia, se han convertido en herramientas indispensables de trabajo que deben ser proporcionadas de manera puntal por la parte patronal.

Explicó que la norma 30 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social establece la obligación de incorporar en los planes de trabajo de los centros laborales las indicaciones que, en su caso, la autoridad sanitaria indique; por eso considera necesario establecer que las dependencias de Estado proporcionen a sus trabajadores todo el material necesario para el cuidado de su salud y, por ende, de sus familias.

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