Piden incluir en Presupuesto 2027 las consultas por obras que afectan apueblos originarios

Boletín

Chilpancingo, Gro. – El Pleno del Congreso del Estado exhortó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación 2027 (PEF) se incorporen disposiciones, reglas y partidas presupuestarias específicas que garanticen el ejercicio efectivo del derecho de pueblos y comunidades indígenas a ser consultados sobre las obras públicas que puedan causarles afectaciones o impactos significativos en su vida, territorio, hábitat, entorno, cultura, organización social o medios de subsistencia.

En el punto de acuerdo que fue llevado a tribuna por el diputado Aristóteles Tito Arroyo (Morena) y al que se adhirieron el diputado Pánfilo Sánchez Almazán (Morena) y la diputada Leticia Mosso Hernández (PT), se destaca el reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, lo que implica que las políticas públicas y decisiones administrativas no pueden diseñarse desde una perspectiva unilateral de la autoridad.

Bajo este marco jurídico, añadió, el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se debe ejercer con toda autonomía, pudiendo decidir sus formas internas de gobierno, conservar y mejorar su hábitat, preservar su bioculturalidad y desarrollar integralmente sus comunidades con respeto al medio ambiente y los recursos naturales.

“Este mandato constitucional obliga a que el Presupuesto de Egresos de la Federación no se limite a prever recursos genéricos para el desarrollo indígena, sino que establezca mecanismos presupuestarios capaces de garantizar materialmente los derechos reconocidos”, subrayó.

Abundó que en materia de obra pública, la presupuestación debe considerar no solamente el costo de construcción de la infraestructura, sino también los mecanismos institucionales necesarios para garantizar la participación efectiva de las comunidades, cuando el proyecto pueda generar afectaciones o impactos significativos.

Dijo que el PEF 2027 constituye una oportunidad para establecer reglas presupuestarias específicas que impidan que la consulta indígena sea considerada una actuación posterior, accesoria o discrecional, sino que sea incorporada desde la planeación y presupuestación de las obras. 

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