LA FUNDACIÓN DEL MUNICIPIO DE ZIHUATANEJO DE AZUETA

César Antonio Aguirre Noyola

“UN MARAVILLOSO RINCONCITO DEL PACÍFICO GUERRERENSE”

CAPÍTULO TERCERO

LA REESTRUCTURACIÓN QUE DIO ORIGEN AL NOMBRE DE ZIHUATANEJO DE AZUETA

3.2. EL PROCESO QUE CONFIGURÓ EL NOMBRE DE ZIHUATANEJO DE AZUETA.

El proceso que parió la modificación del nombre del municipio tiene como antecedente formal más remoto el acta de cabildo levantada y aprobada por los ediles dentro de la sesión ordinaria del día 15 de noviembre de 2000 donde se propone la modificación del nombre del municipio de “José Azueta” por el de “Zihuatanejo de Azueta”.

Mediante oficio sin número de fecha 24 de septiembre de 2001 que firma el ciudadano Jorge Allec Galeana en su calidad de presidente municipal de José Azueta, en el cual remite al Poder Legislativo estatal la solicitud, aparejándole copia certificada del acta que el cabildo aprueba el día 15 de noviembre del año 2000, en relación de modificar el nombre del municipio de “José Azueta” por el de “Zihuatanejo de Azueta”.

Un acierto de los diputados integrantes de la LVIII Legislatura de Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero fue sin duda la aprobación de la reestructuración del nombre oficial de nuestro municipio (se proponía que de “José Azueta” pasara a llamarse “Zihuatanejo de Azueta) una demanda añeja que se había aprobado por el cabildo del municipio de José Azueta en el año de 2000 y remitido a finales de la anualidad inmediata siguiente al Congreso del Estado.

El contador público Carlos Zeferino Torreblanca Galindo, gobernador del Estado, el día 16 de abril de 2008 firma, expide y ordena la publicación del “Decreto número 450 mediante el cual se reforma el artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero”, cumpliéndose su mandato con la inserción de dicho decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 37, de fecha 6 de mayo de 2008.

El Decreto 450 que es objeto de estudio en este capítulo, establece en su artículo único la modificación a la lista de los nombres de los municipios en que se dividía la geografía estatal, plasmados en el artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero (en la constitución política local vigente los municipios están enumerados en el artículo 27), recorriendo del cardinal 42 al 71 el correspondiente a “Zihuatanejo de Azueta”.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se declara el cambio de nombre del Municipio [sic]de José Azueta con la nueva denominación de Zihuatanejo de Azueta, como consecuencia se reforma el artículo 5 en su numeral 79 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero y toda vez que al denominado de José Azueta le correspondía el numeral 42 y el artículo se encuentra numerados [sic]por orden alfabético, se recorre el ordinal a todos los demás Municipios[sic] para quedar como sigue:

ARTÍCULO 5.  . . .

Del 1 al 41.- …

42.- José Joaquín de Herrera; 43.- Juan R. Escudero; 44.- Juchitán; 45.- Leonardo Bravo; 46.- Malinaltepec; 47.- Mártir de Cuilapan; 48.- Marquelia; 49.- Metlatónoc; 50.- Mochitlán; 51.- Olinalá; 52.- Ometepec; 53.- Pedro Ascencio Alquisiras; 54.- Petatlán; 55.- Pilcaya; 56.- Pungarabato; 57.- Quechultenango; 58.- San Luis Acatlán; 59.- San Marcos; 60.- San Miguel Totolapan; 61.- Taxco de Alarcón; 62.- Tecoanapa; 63.- Técpan de Galeana; 64.- Teloloapan; 65.- Tepecoacuilco de Trujano; 66.- Tetipac; 67.- Tixtla de Guerrero; 68.- Tlacoapa; 69.- Tlacoachistlahuaca; 70.- Tlalchapa; 71.- Tlalixtaquilla de Maldonado; 72.- Tlapa de Comonfort; 73.- Tlapehuala; 74.- La Unión de Isidoro Montes de Oca; 75.- Xalpatláhuac; 76.- Xochistlahuaca; 77.- Xochihuehuetlán; 78.- Zapotitlán Tablas; 79.- Zihuatanejo de Azueta; 80.- Zirándaro; y 81.- Zitlala.

Me parece relevante mencionar que el día miércoles 1 de septiembre de 2021, iniciando su primer período de sesiones y, a la sazón, dando comienzo su gestión trianual, el pleno de la LXII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Guerrero aprobó la creación de cuatro nuevos municipios y mandató su inclusión en el listado del artículo 27 de la Constitución Política local conforme al número que les corresponda atendiendo el orden alfabético con que se enuncian. Las cuatro demarcaciones municipales recién aprobadas son Las Vigas (comunidad que se desprende —junto con otras 18 comunidades del municipio de San Marcos), Ñuu Savi (población que se escinde —a la par de 37 poblaciones más— del municipio de Ayutla de los Libres); San Nicolás (localidad segregada —con 9 localidades adicionales— del municipio de Cuajinicuilapa); y Santa Cruz del Rincón (núcleo poblacional que se excluye —acompañada de 18 núcleos poblacional más— del municipio de Malinaltepec).

De acuerdo con lo relatado en el párrafo inmediato anterior, el número que le corresponde en la actualidad al municipio de Zihuatanejo de Azueta dentro del arábigo 27 de la Constitución del Estado es el 83.

Sabia virtud de conocer el tiempo.

César Antonio Aguirre Noyola

Investigador en materias política y electoral.

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