ESTABLECIÓ EL IEPCGRO PLAZO PARA QUE PARTIDOS POLÍTICOS PRESENTEN SUS PLATAFORMAS ELECTORALES

AGENCIAS

Chilpancingo, Gro., 05 de febrero de 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) desarrolló su Cuarta Sesión Extraordinaria, de manera virtual, en la que emitió el aviso en el que se señala que, el plazo con que cuentan los partidos políticos para presentar sus plataformas electorales para su registro ante este organismo electoral, correspondientes al Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, es del 21 al 27 de febrero del año en curso.

En este aviso se advierte que, independientemente de la coalición de que se trate, la presentación de la plataforma electoral anexa a los convenios de coalición no exime a los partidos políticos de presentar su propia plataforma electoral. Es importante señalar que las plataformas electorales son propuestas de carácter político, económico y social, enarboladas por los partidos políticos nacionales en sus declaraciones de principios y descritas en sus programas de acción.

Asimismo, se aprobó el acuerdo por el que se modifica el diverso 079/SO/25-11-2020, por el que se aprobó la respuesta a las y los ciudadanos que solicitaron consulta para determinar el modelo de elección e integración del órgano de gobierno municipal por sistemas normativos internos propios (usos y costumbres) para el municipio de Ayutla de Los Libres, Guerrero, para el proceso electivo 2021, en cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado, en el Juicio Electoral Ciudadano con número de expediente TEE/JEC/001/2021.

El Consejo General determinó instruir a la Dirección Ejecutiva de Educación Cívica y Participación Ciudadana para que, a través de la Coordinación de Sistemas Normativos Pluriculturales, se coadyuve con el Concejo Municipal Comunitario y la Asamblea Municipal de Representantes de Ayutla de los Libres, facilitándoles las herramientas técnicas, conceptuales y de información, así como los elementos logísticos y de organización para que sus integrantes estén informados para los trabajos relativos a la preparación del proceso electivo y para las actividades y acciones que implementen en el marco de su libre determinación, autonomía y autogobierno, determinadas con base en sus prácticas, normas y procedimientos de su sistema normativo propio.

Además, se consideró necesario que observen y cumplan con las medidas sanitarias que se encuentren vigentes en el Estado de Guerrero, como parte de la prevención, mitigación y contención de los contagios ocasionados por la pandemia del virus SarS-CoV2, evitando con ello poner el riesgo la salud de las personas, sin que ello suponga una vulneración o transgresión a los derechos de político-electorales de las comunidades originarias; así como lo dispuesto por el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) en su Guía para la atención de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).

Durante esta sesión extraordinaria también se aprobaron los acuerdos mediante los cuales se dio respuesta a la consulta formulada por los CC. Alberto Catalán Bastida, Presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática, y Daniel Meza Loeza, representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del IEPCGRO, y a la consulta formulada por el C. Isaías Rojas Ramírez, representante del Partido del Trabajo ante el Consejo General del IEPCGRO, ambas relacionadas con la suspensión temporal del pago de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE).

El Consejo General consideró que la autoridad competente para realizar modificaciones a las determinaciones del Consejo General del INE, es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; de ahí que, las sanciones que se encuentren firmes y en estado de ejecución, no pueden ser modificadas por otras autoridades administrativas o jurisdiccionales locales, no son susceptibles de modificación alguna en cuanto al monto ni a la forma de pago; por lo que se determinó que no es posible suspender de manera temporal el descuento mensual por el cobro de las multas que se realizan a los Partido de la Revolución Democrática y del Trabajo, durante el tiempo que resta del proceso electoral 2020-2021 en el Estado de Guerrero.

Finalmente, se aprobó la Metodología de evaluación del desempeño de las Presidencias, Consejerías y Secretarías Técnicas de los Consejos Distritales Electorales, aplicable en el actual Proceso Electoral, que tiene como objetivo establecer los criterios y procedimientos que permitan evaluar, de modo cuantitativo y cualitativo, el desempeño del funcionariado de los referidos órganos electorales desconcentrados, en el desarrollo de las actividades que por mandato de ley se encuentran dentro del ámbito de su competencia, de tal forma que el resultado permita definir con objetividad su ratificación.

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