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Chilpancingo, Gro (IRZA).- La reforma al Código Penal de Guerrero sobre la interrupción legal del embarazo, que el Congreso local aprobó el 17 de mayo del 2022, quedó temporalmente sin efecto.
Esto, con base a la resolución que emitió el Juzgado Quinto de Distrito derivado de los amparos que promovieron integrantes del Consejo Interreligioso y grupos Provida ante el Poder Judicial de la Federación, en junio del 2022, tanto en Acapulco como en Chilpancingo.
Carlos Marx Barbosa Guzmán, presidente del Consejo Interreligioso, informó en entrevista que el Juzgado Quinto de Distrito concedió el amparo ante la reforma al Código Penal en la materia, al confirmar que el Congreso local incurrió en una “formalidad legislativa”.
El acto reclamado, explicó el abogado, consistió en que el Poder Legislativo violó el procedimiento de votación sobre la aprobación del decreto de reforma al Código Penal, en mayo del 2022, el cual debió ser nominal.
Añadió que el Juzgado de Distrito verificó “la forma incorrecta” en que se realizó la votación, “porque no se aplicó conforme a la Ley Orgánica del Congreso local, la que se indica que las reformas legales deben tener una votación nominal, donde cada diputado dice su nombre y el sentido de su voto”.
Profundizó: “Entonces, el amparo fue por una violación a la formalidad legislativa. El Juzgado de Distrito concedió el amparo al acto reclamado porque (los diputados) violentaron el estado democrático y el acceso a la información”.
Consecuentemente, indicó, la citada reforma aprobada en mayo del 2022 y publicada en el mismo mes en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, la cual permite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, quedó sin efecto temporalmente.
También comentó que después de recibir la notificación oficial del Juzgado Quinto de Distrito, el Poder Legislativo tendrá 10 días para promover un recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado de Circuito, el cual deberá confirmar o revocar la sentencia.
“Si la confirma, entonces dará la instrucción al Congreso para que, en un plazo de 3 días, reponga el procedimiento. No le dice que resuelva a favor o en contra (la reforma). No, sino que reponga el procedimiento de la votación y cada diputado estará obligado a informarnos el sentido de su voto”, expresó.
Enfatizó: “mientras las instancias correspondientes confirman o no la sentencia, la reforma legal queda sin efecto. Porque no tendría validez por el vicio que incurrió en la manera que se dictó el proceso legislativo, en la votación”.
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