A quién le hará caso
Zaldívar?
Raymundo Riva Palacio
¿El 23 de mayo de 2013, la Suprema Corte de Justicia mostró su nueva cara hipergarantista. A juicio de la Primera Sala, Florence Cassez, una ciudadana francesa sentenciada a la cárcel por secuestro, determinó que se le habían violado sus derechos y decidió su libertad inmediata. No se repuso el proceso, como varios expertos dijeron posteriormente que era el camino, sino que se le abrió la puerta, la subieron a un vehículo rumbo al aeropuerto y tomó el vuelo de Air France directo a París, donde fue recibida 13 horas después como heroína. La Primera Sala había resuelto a partir del dictamen presentado por el ministro Arturo Zaldívar, hoy presidente de la Suprema Corte de Justicia. Zaldívar es hoy el juez del poder, que va a quedar atrapado entre su agradecimiento al presidente Andrés Manuel López Obrador por haberlo impulsado al cargo que hoy detenta, y el criterio jurídico que implantó.
El alegato de Zaldívar fue
conocido como “el efecto corruptor”,
aplicable cuando “la conducta de la autoridad haya provocado condiciones
sugestivas en la evidencia incriminatoria que conlleven a la falta de
fiabilidad de todo material probatorio”, y que la conducta de la autoridad
impacte en los derechos del acusado, de tal forma que se afecte en forma total
el derecho de la defensa y lo deje en estado de indefensión. Es decir, si se
vulnera la presunción de inocencia como regla de trato, por lo que el o la
acusada no recibiría un juicio justo. “De nada sirven estos derechos -enfatizó
Zaldívar en su criterio-, cuando las autoridades encargadas de investigar el
delito realizan diversas acciones que tienen como finalidad exponer
públicamente a alguien como responsable del hecho delictivo”.
El criterio que le permitió
la salida de la cárcel de Cassez en forma automática es de alta relevancia hoy
en día en varios casos paradigmáticos cuya interpretación política son vistos
como una cacería de brujas en contra de quienes acompañaron al abogado Juan
Collado a la boda de su hija. En la cárcel están Collado, por el presunto
delito de lavado de dinero, Rosario Robles, ex secretaria de Estado en el
gobierno de Enrique Peña Nieto –quien también asistió a la fiesta-, acusada por
la llamada “Estafa Maestra”, e investigados por la Fiscalía General, señalados
por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, el ex
ministro de la Suprema Corte. Eduardo Medina Mora, y el ex líder petrolero,
Carlos Romero Deschamps.
En todos los casos, la
forma como los ha procesado el gobierno, los coloca en el terreno de la
interpretación del “efecto corruptor”. El propio presidente López Obrador ha
dado a conocer detalles de las investigaciones –lo que es un delito tipificado
en el Código Penal sobre pesquisas en curso-, y el jueves se congratuló de la
salida de Romero Deschamps del sindicato, porque “no es posible que líderes
sindicales vivan colmados de atenciones y privilegios, muy ricos”. No importa
el juicio –aunque tuviera razón-, pues ya lo sentenció. En el caso de Medina
Mora, el jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera, Santiago Nieto, sugirió
que sus fallos judiciales beneficiaron a narcotraficantes de drogas y personas.
Igualmente, colocó el manto de la culpabilidad en un presunto culpable.
Las declaraciones son
grandilocuentes, pero ponen en entredicho la decisión mayoritaria en la Suprema
Corte de Justicia sobre el amparo directo 517/2011 de Cassez. La ponente en la sesión pública de 2013
que la liberó fue Olga Sánchez Cordero, hoy secretaria de Gobernación, quien se
apegó al criterio establecido que “se ha reconocido que el derecho fundamental
a la presunción de inocencia, como regla de trato, exige que cualquier persona
imputada por la comisión de una conducta tipificada como delito, sea tratada
por todas las autoridades como inocente durante el trámite del procedimiento e
incluso desde antes de que se inicie”.
Las declaraciones de los
funcionarios contradicen el criterio de Zaldívar, y si se aplicara a la letra
la jurisprudencia del Caso Cassez, tendría que sobreseerse los casos una vez
que lo presenten. El criterio del ministro Zaldívar no da margen a duda. “Dada
la trascendencia de una acusación en material penal, la Constitución otorga al
imputado una serie de derechos fundamentales a fin de garantizar que se efectúe
un juicio en su contra”, escribió. “Sin embargo, de nada sirven estos derechos
cuando las autoridades encargadas de investigar el delito realizan diversas
acciones que tienen como finalidad exponer públicamente a alguien como
responsable del hecho delictivo”.
El presidente
prácticamente llamó “corrupto” a Romero Deschamps. Nieto exhibió a Medina Mora
como un delincuente, aún antes de que la Fiscalía General presentara una
denuncia para iniciar el proceso en su contra. Cuando renunció a la Corte,
aparecieron las pancartas y los gritos de los legisladores de Morena en el
Congreso, afirmando “¡vienen más!”, acompañados de denuncias orales de
corrupción. Collado es visto en la opinión pública como testaferro de los
poderosos y ladrón como sus clientes. Robles es tratada como culpable aunque
aún no inicia su juicio. En todos los casos, en medios y redes sociales, se les
ha linchado.
Para efectos de opinión
pública, es irrelevante el curso que siga el caso, si en algún momento se le
procesa, porque está popularmente juzgado. Si uno se atiene a la forma como
mediáticamente se les ha tratado, se puede argumentar que se ha dado “el efecto
corruptor” al violarse sus garantías para que se le garantice un juicio justo
bajo la presunción de inocente. Política y popularmente, son culpables, con
sentencia previa, daño moral y daño reputacional. El hipergarantismo defendido
por Zaldívar y respaldado por Sánchez Cordero se confronta con la realidad de
satisfacer al patrón, o al padrino, como quieran verse las cosas.
rrivapalacio@ejecentral.com.mx
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