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Chilpancingo, Gro.– Las diputadas y los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobaron la Ley de Reconocimiento y Derechos de las Personas de la Comunidad LGBTTTIQ+ del Estado de Guerrero, con el objetivo de garantizar el derecho a la igualdad, el reconocimiento de la diversidad sexual y de género, y la no discriminación.
De acuerdo con el dictamen, derivado de una propuesta del Grupo Parlamentario de Morena, este nuevo ordenamiento reconoce los derechos humanos de las personas que integran las comunidades sexo-genéricas LGBTTTIQ+, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado de Guerrero y en concordancia con los principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.
La nueva ley garantiza el derecho de toda persona a definir, adoptar y manifestar libremente su orientación sexual, identidad y expresión de género, así como sus características sexuales, como elementos fundamentales de su autonomía personal y del libre desarrollo de la personalidad. Asimismo, establece el derecho a ser tratadas, nombradas e identificadas conforme a su identidad en todos los actos, registros y documentos oficiales que acrediten su nombre, sexo, género o imagen con la que se autoperciban.
También se reconoce que las personas de la comunidad LGBTTTIQ+, con identidades y expresiones de género diversas, gozarán de todos los derechos reconocidos por el orden jurídico estatal y federal, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, sin distinción alguna y libres de estigmas, prejuicios, estereotipos o actos de discriminación, a fin de garantizar condiciones de igualdad y equidad con el resto de la población.
La Ley establece que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los organismos constitucionales autónomos, ayuntamientos, sindicatos y partidos políticos del estado, deberán respetar, proteger, garantizar y promover los derechos de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas, dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias.
Asimismo, se determina que toda persona mayor de edad podrá solicitar, ante la autoridad administrativa de la Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil, la rectificación de los datos relativos a su nombre, sexo o género, cuando estos no correspondan con su identidad de género autopercibida. En ningún caso será requisito acreditar intervenciones quirúrgicas de reasignación genital —totales o parciales—, ni someterse a tratamientos hormonales, psicológicos o médicos de ningún tipo, ni podrá condicionarse dicha solicitud a cambios en el estado civil o a la renuncia, limitación o pérdida de derechos parentales respecto de hijas o hijos.
El dictamen fue fundamentado en tribuna por la diputada Luissana Ramos Pineda, vocal de la Comisión de Justicia.
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