Trinidad Zamacona López
“Una conversación sobre mi salud, para amigos y adversarios” fue el Twitter del mandatario federal ante la presión de los medios de comunicación de saber cómo estaba su salud”.
“Ahora que me he vuelto a enfermar, llama mucho la atención el odio de algunas personas que quisieran que yo desapareciera, y eso es grave, no deben de actuar de esa manera”. Con un mensaje desde Palacio Nacional, con voz acatarrada, dijo tengo Covid se me complico y eso fue lo que paso, en Mérida me hizo crisis se me bajo la presión, me quedé como dormido, me dio vaguido”.
Ante tanto el hermetismo y con tres días de ausencia que se ha hecho con la enfermedad del mandatario federal, que sus mismos colaboradores, han dejaron que el rumor de la enfermedad sea cuestionada, de que fue lo que paso en el Estado de Yucatán, lugar en donde el mandatario se sintió muy mal, sin embargo en su mensaje el mandatario federal reconoció que se sintió mal, y que lo querían llevar en camilla, y bromeo diciendo que les dijo a los camilleros que aun cuando estaba el General, refiriéndose al de la Defensa Nacional, (charoleo) diciendo que aquí está el Secretario, pero yo soy el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas. Por lo que solo pidió que lo atendieran en un sillón, y que le pusieron un suero y que con eso se reanimó y que nunca perdió el conocimiento y que todo lo demás fueron puros rumores de gente que le gustaría que estuviera muerto. El mensaje que duró 18 minutos con nueve segundos, terminó diciendo que se van a hacer muchas cosas bellas por el pueblo de México.
Estoy bien ya tengo los borradores de dos discursos, el del 1º de mayo y el de Batalla de Puebla, por la ese acontecimiento, ya tiene según los discursos y que ya los revisó, por todo ello dijo que está bien y de buenas.
Todo comenzó con este único mensaje después de que sintió mal en su gira de trabajo por Mérida en el Estado de Yucatán, “Ni modo, amigas y amigos: salí positivo a COVID-19. No es grave. Mi corazón está al 100 y como tuve que suspender la gira, estoy en la Ciudad de México y de lejitos festejo los 16 años de Jesús Ernesto. Me guardaré unos días. Adán Augusto López Hernández encabezará las mañaneras. Nos vemos pronto”. Con ese mensaje se desataron todos los rumores que acabaron con el mensaje del día de ayer del propio mandatario federal, el cual duró duró 18 minutos con nueve segundos, si se escucha con la voy de la enfermedad de covid-19 pues como dicen algunos “acatarrado” es decir con un poco de catarro; pero eso no fue motivo para que diera su mensaje.
Eso le sirvió al mandatario federal para tres cosas, primero saber si su pueblo se preocupa por su salud, y vaya que así lo noto, lo segundo para saber si con su ausencia el país sigue caminando de manera normal, también se dio cuenta que sigue sin el mandatario federal, y tercero si los gobernadores de los Estados en donde gobierna Morena, están cohesionados, también lo comprobó. Estos tres casos son los que el mandatario federal.
Con ese mensaje nos quedó claro, el mandatario federal sabe de estrategia electoral, desparecer y no aparecer en tres días, fue suficiente para salir y decir acá estoy para sus seguidores y sus adversarios, sereno moreno, sabe que la popularidad es importante para el 2024, -López Obrador- va a ser un factor que inclinara la balanza para el ganador y el perdedor.
Tres veces enfermo de Covid le sirve a sus seguidores, pero también a sus detractores, todos los medios pendientes, se ocuparon más de la salud del –Presidente– que de los problemas nacionales, en tres días lo que se comentaba era la salud del mandatario federal, eso es ocupar todo el espacio de los medios.
Pero que dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con respecto a las figuras del Presidente Constitucional, interino, sustituto, provisional, en las ausencias de los titulares del Poder Ejecutivo.
Una de las figuras que tiene la Constitución Federal es el Presidente interino, y es aquel que nombra el propio Congreso por falta absoluta ocurrida en los dos primeros años del período respectivo mientras se elige a la persona que deba completar el período de gobierno, así como el que designa dicho órgano legislativo o la Comisión Permanente en los casos de faltas temporales.
El Artículo 84. En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo. En este caso no será aplicable lo establecido en las fracciones II, III y VI del artículo 82 de esta Constitución”.
Esto es lo que establece el artículo 84 de la Carta Magna, en donde está claro que solo 60 días se podrá ausentar el mandatario, sin que inicie la suspicacia para saber que procede en caso de falta absoluta del titular del poder ejecutivo.
“Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los dos primeros años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones y concurriendo, cuando menos, las dos terceras partes del número total de los miembros de cada Cámara, se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral”.
Esta es una función electoral del Congreso de la Unión, erigirse en “Colegio Electoral” nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un presidente interino, en los términos que disponga la Ley del Congreso. El mismo Congreso expedirá, dentro de los diez días siguientes a dicho nombramiento, la convocatoria para la elección del Presidente que deba concluir el período respectivo, debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la realización de la jornada electoral, un plazo no menor de siete meses ni mayor de nueve. El así electo iniciará su encargo y rendirá protesta ante el Congreso siete días después de concluido el proceso electoral”. Aquí está la figura del Presidente Interino.
Pero “Si el Congreso no estuviere en sesiones, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral, nombre un presidente interino y expida la convocatoria a elecciones presidenciales en los términos del párrafo anterior”. Aquí está la obligación constitucional de convocar a sesiones que es la función legislativa deliberativa.
“Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los cuatro últimos años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones, designará al presidente substituto que deberá concluir el período, siguiendo, en lo conducente, el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino”. Todas estas figuras señalan los tiempos en los que se llega para ser provisional, interino o substituto.
“Si el Congreso no estuviere reunido, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral y nombre un presidente substituto siguiendo, en lo conducente, el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino”. La figura del Presidente substituto, debe de seguir el mismo procedimiento que el del Presidente interino, pero todo le corresponde al Congreso de la Unión.
“En caso de haberse revocado el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso; dentro de los treinta días siguientes, el Congreso nombrará a quien concluirá el período constitucional. En ese período, en lo conducente, se aplicará lo dispuesto en los párrafos primero, segundo, quinto y sexto”. En este caso se refiere a la hipótesis electoral de que la revocación de mandato sea vinculante, es decir a que el Presidente fue revocado de su cargo en las urnas., entonces concluimos que el Congreso de la Unión, es factor en la designación de las figuras del Presidente de México, en caso de ausencia absoluta, que es la de “Colegio Electoral”.