Analizan reformas para proteger interés superior del menor en casos de alienación parental

Boletín

Chilpancingo, Gro.– Con el propósito de proteger el principio del interés superior del menor y garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, el Congreso del Estado analiza la iniciativa presentada por la diputada Guadalupe García Villalva. La propuesta contempla reformas, adiciones y derogaciones al Código Civil del Estado de Guerrero, con el objetivo de revisar y analizar la figura de la alienación parental, evitando que su aplicación automática derive en la suspensión o pérdida de la patria potestad.

En la iniciativa se expone que, actualmente, el marco legal civil considera la alienación parental como una forma de violencia familiar. Esta se configura cuando uno de los progenitores manipula la conciencia –psique– de la persona menor de edad para alejarla o impedirle la convivencia con el otro progenitor, lo que puede llevar a que un juez decrete la suspensión o incluso la pérdida de la patria potestad.

No obstante, la legisladora señala que diversos criterios jurídicos advierten que aplicar de forma literal y automática el concepto de alienación parental puede resultar en una violación a los derechos de niñas, niños y adolescentes, al privarlos de convivir con uno de sus progenitores sin un análisis específico de cada caso.

Por tal motivo, y con base en recientes criterios jurisprudenciales y estudios de derecho comparado, la diputada propone revisar el segundo párrafo del artículo 27 Bis del Código Civil del Estado. El objetivo es evaluar su implicación en la configuración de la “violencia familiar” y los efectos que conlleva en relación con la pérdida o suspensión de la patria potestad.

“Esto debe atenderse bajo el más amplio criterio de protección de los derechos humanos y del derecho a la convivencia entre padres e hijos. Pero, sobre todo –como lo ha señalado el máximo tribunal del país–, se debe considerar la progresividad y adaptabilidad de la persona menor de edad al momento de resolver sobre la patria potestad a favor de cualquiera de los progenitores”, puntualizó la legisladora.

Con estas modificaciones, se busca que el juzgador analice las circunstancias particulares de cada caso. En caso de que se acrediten hechos que impidan la convivencia entre el menor y alguno de sus progenitores, se podrán modificar las condiciones de la guarda y custodia, así como lo relativo a la patria potestad. El objetivo es evitar la eliminación total de la posibilidad de convivencia entre el menor y el progenitor afectado.

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