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SOS COSTA GRANDE

 (Misael Tamayo Hernández, in memóriam)

Con la votación a favor de este jueves en el Senado de la República, quedó consumada la reforma por la cual se crea el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y desaparece el Seguro Popular, que contaba con 16 años en operación y tenía 51 millones 629 mil afiliados, principalmente de los sectores más vulnerables del país.

La reforma modifica diversos artículos de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud y entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

El cambio de Seguro Popular a Insabi queda autorizado, para que a través de este instituto se dé la atención médica integral a todos los ciudadanos, se dijo, garantizando la prestación de servicios gratuitos y medicamentos, incluidos los de enfermedades crónico-degenerativas como cáncer y diabetes, así como insumos para quienes no cuenten con seguridad social.

Se aclaró que todas las personas que al entrar en vigor el decreto del Insabi cuenten con la afiliación vigente al sistema de protección social en Salud (Seguro Popular), continuarán en pleno goce de los derechos que les correspondan, según el senador de Morena, Miguel Ángel Navarro.

Por lo tanto, este es un llamado para todos los beneficiarios del Seguro Popular que ya no renovaron su afiliación, pues no se anulan sus beneficios, solamente se transfieren de un sistema a otro.

También suponemos que habrá nuevas afiliaciones, porque la meta del gobierno federal es que toda la población abierta que no goce de  ningún tipo de seguridad social, como IMSS o ISSSTE.

¿Pero, realmente qué cambia para los derechohabientes con la desaparición del Seguro Popular que creó Vicente Fox Quezada, y que resultó ser un rotundo fracaso? No olvidar que aunque tenía muchos afiliados, la atención era desastrosa en clínicas y hospitales de la Secretaría de Salud, pues el dinero se descentralizó hacia los gobiernos estatales, y estos incurrieron en uso indiscriminado del dinero, sin que se viera reflejado en la atención, actualización de instalaciones, dotación de medicinas, etcétera.

Bueno, el principal cambio con esta reforma es que los beneficiarios ya no pagarán una cuota para ser inscrito en el programa, y recibir los servicios que antes brindaba el Seguro Popular.

Además, a partir de que se publiquen estas reformas, todas aquellas personas que no cuenten con seguridad social serán beneficiarios del Insabi.

Cabe recordar que hasta el momento, para estar en el Seguro Popular se tenían que cubrir una cuota, que podía ser personal o familiar, pero ahora sólo será necesario inscribirse en el padrón de derechohabientes.

¿Qué funciones tendrá el Insabi? A partir de lo aprobado los legisladores, se prevén las siguientes obligaciones para el Insabi:

Prestar de manera gratuita servicios de salud y asegurar el suministro de medicamentos e insumos asociados, y demás elementos necesarios para la atención de personas sin seguridad social.

Proponer a la Secretaría de Salud adecuaciones a la normatividad para para la prestación de gratuita de servicios de salud.

Impulsar estímulos para personal médico.

Además de participar en las compras consolidadas con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Centralización

de la salud

Con los cambios aprobados, ahora será la federación –a través del nuevo Insabi– la instancia que “desarrolle, coordine y supervise las normas conforme a las cuales las entidades federativas y, en su caso, la Federación llevará a cabo la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social”.

El nuevo Instituto será el responsable de celebrar acuerdos de coordinación con los estados “para la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social”.

Y, ojo, los estados que acuerden que el Insabi se haga cargo de operar y supervisar los servicios de salud, deberán aportar recursos.

Incluso, se aceptó una modificación para que, en caso de que los gobiernos locales incumplan con sus obligaciones, “las participaciones de la entidad federativa se podrán afectar como fuente de pago para cubrir la respectiva aportación”. ¿Qué tal?

Sin embargo, se agrega que “el gobierno federal, conforme a lo que se establezca en el Presupuesto de Egresos de la Federación, destinará recursos anualmente para la prestación gratuita de servicios de salud”.

Este es un tema que todavía tiene mucho que dar por el cambio de normas, y por los cambios en la coordinación con las entidades federativas.

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