IRZA
Chilpancingo, Gro. (IRZA).- El Tribunal Electoral del Estado (TEE) dejó sin efecto el recurso de impugnación que interpuso el diputado Alfredo Sánchez Esquivel, en contra de su expulsión del partido Morena.
Consecuentemente dejó “firme” la “pérdida de militancia” que dictaminó la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) del Comité Nacional, con base a la denuncia que presentó en su contra Arlene Siu Sarabia Peña, trabajadora del Congreso local.
Pero el asunto dividió la votación de los magistrados, pues Hilda Rosa Delgado Brito respaldó el proyecto que inicialmente presentó al pleno J. Inés Betancourt Salgado, el cual revocaba la determinación de la CNHJ por “incompetencia” para conocer, investigar y resolver sobre presuntos actos de violencia política en razón de género, “relacionados con la afectación de derechos administrativos o laborales de los servidores públicos del Poder Legislativo del Estado de Guerrero”.
Y así dejaba sin efecto todo el contenido del “procedimiento sancionador disciplinario” de la CNHJ, es decir, la expulsión del diputado Alfredo Sánchez del padrón de militantes del partido Morena.
Pero las magistradas Evelyn Rodríguez Xinol y Alma Delia Eugenio Alcaraz refutaron el contenido de la ponencia, al coincidir en que el TEE no tiene facultades para sustituir indebidamente la jurisdicción intrapartidaria.
Eugenio Alcaraz señaló que la denuncia en contra del legislador “tiene su origen en una queja por violencia política en razón de género”, y Rodríguez Xinol agregó que la CNHJ sí tiene facultades para estudiar el acto reclamado, con base a los artículos 3, 4 y 38 de los Estatutos y Reglamento Interno de Morena.
En consecuencia, agregó Rodríguez, el proyecto de Betancourt Salgado resultaba “ambiguo” y “equivocado” porque no analizó el marco jurídico interno y confundía las facultades de los tribunales electorales con la de los órganos intrapartidarios.
Y la magistrada Alma Delia Augenio Alcaraz precisó que la resolución impugnada por Sánchez Esquivel “no se pronuncia sobre violencia política en razón de género, sino por transgresión a los estatutos y reglamentos de Morena”.
Además, el artículo 49 de los Estatutos de Morena indica que la CNHJ es un órgano de decisión colegiada responsable de la impartición de justicia intrapartidaaria de carácter independiente, imparcial y objetivo, cuyas resoluciones serán definitivas e inacabables, entre éstas salvaguardar los derechos fundamentales de todos sus miembros.
A favor de revocar la resolución de la CNHJ, con base a la impugnación de Alfredo Sánchez Esquivel, se pronunciaron los magistrados J. Inés Betancourt Salgado e Hilda Rosa Delgado Brito, mientras que en contra votaron Evelyn Rodríguez Xinol y Alma Delia Eugenio Alcaraz.
En caso de empatar en la votación, se indica en el artículo 17 de la Ley Orgánica del TEE, el presidente de este órgano emitirá un “voto de calidad”, en este caso el de la magistrada Evelyn Rodríguez, quien respaldó dejar sin efecto la propuesta resolutiva.
Precisó que el proyecto será modificado en un periodo de 24 horas, en el cual, no solo ratifica la expulsión de Sánchez Esquivel de Morena, sino que ordena a la CNHJ investigar sobre la denuncia de violencia política en razón de género que presuntamente Sánchez Esquivel cometió en agravio de Arlene Siu Sarabia Peña, trabajadora del Congreso de Guerrero.