Estatal

Propone diputado Urióstegui sanciones más severas por la desaparición de expedientes oficiales

By Despertar de la Costa

October 01, 2025

Boletín

Chilpancingo, Gro.- El diputado Jesús Eugenio Urióstegui García (Morena) propone tipificar como falta administrativa grave la desaparición, destrucción, ocultamiento o alteración de expedientes oficiales, estableciendo sanciones más severas y fortaleciendo la transparencia y rendición de cuentas en el servicio público.

En la propuesta se plantea reformar la fracción V del artículo 49 y adicionar el artículo 64 Ter a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guerrero. El legislador expone que esta iniciativa nace del compromiso irrenunciable con la transparencia, la rendición de cuentas y el derecho de cada persona a ser tratada con dignidad, ya que considera que no se puede permitir que la falta o desaparición de un expediente se convierta en la negación de un derecho.

Dijo que la desaparición, destrucción, ocultamiento o alteración de expedientes no solo vulnera procedimientos administrativos, sino que atenta contra la esencia misma del Estado de Derecho. “Sin expedientes íntegros y accesibles se socava la capacidad del ciudadano para ejercer sus derechos y se debilita la rendición de cuentas de las autoridades. Casos documentados evidencian cómo la falta de expedientes completos ha impedido a ciudadanos acceder a pensiones, servicios de salud, subsidios y otros derechos fundamentales”, expuso.

Explicó que la legislación vigente contempla la obligación de los servidores públicos de custodiar la documentación a su cargo, pero no establece de manera específica y contundente las consecuencias de la desaparición, destrucción, ocultamiento o alteración de expedientes administrativos, lo que permite que conductas lesivas para el interés público queden impunes o sean sancionadas de manera insuficiente.

Por eso propone la adición del artículo 64 Ter y la modificación de la fracción V del artículo 49 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado, para tipificar como falta administrativa grave la desaparición, destrucción, ocultamiento o alteración de expedientes, estableciendo agravantes y sanciones proporcionales a la gravedad de la conducta.

Se introducen agravantes específicas para que las autoridades administrativas puedan sancionar con mayor severidad cuando estas conductas impliquen actos dolosos, ocultamiento de corrupción o afectaciones graves al interés público. Sin embargo, el artículo 49 conserva su función original, sancionando conductas menos graves relacionadas con descuidos o faltas administrativas menores respecto a la documentación.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia.

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