Guillermo Arteaga González
“Cuando la ley te beneficia, la ley es buena, pero cuando te perjudica la ley es mala incluido el juzgador”.
El Estado de Guerrero como entidad suriana integrante de la federación mexicana, nace a la vida Jurídica y Política a través del decreto número 3253 que expidió el Presidente José Joaquín de Herrera el 15 de mayo de 1849, creando el Estado de Guerrero, llamado así en honor del Caudillo de la Independencia, Vicente Ramón Guerrero Saldaña.
Con esto, Guerrero ya tenía creado uno de los tres poderes: el Ejecutivo por decreto; faltarían el Legislativo y el Judicial, la creación de estos se daría una vez dictada la primera Constitución, al primer documento no se le llamo Constitución se le denominó Ley Orgánica Provisional para el Arreglo Interior del Estado de Guerrero. El día 30 de enero de 1850 se instaló la Primera Legislatura Constituyente de Guerrero, en Iguala.
Con estos antecedentes sólo le faltaba al Estado de Guerrero el tercer poder que era el Judicial, este tiene su origen en la Ley Orgánica Provisional para el Arreglo Interior del Estado de Guerrero, de fecha 16 de marzo de 1850, (título IV, Capítulo I, artículos 76 al 89, que estableció que la justicia se administraba por, Jueces letrados, en los lugares donde existían, con competencia en negocios civiles, criminales, de hacienda y de minería; Jueces de primera instancia, encarnados en los alcaldes primeros de las cabeceras de distrito, quienes podían conocer de juicios verbales cuya cuantía no excediera de $200 pesos, y sus fallos eran inapelables; Dos jueces de Letras de Segunda Instancia, que residían en la capital del Estado; Un Tribunal Superior de Justicia nombrado por el Congreso para conocer de los asuntos de tercera instancia; V.- Finalmente, los artículos 48, 100, 101 y 102 del ordenamiento legal en cita, refiere que en las rancherías se nombrará un juez de paz y en las poblaciones los que resulten necesarios a juicio del ayuntamiento respectivo y previo la aprobación del prefecto.
Constituido formalmente el Congreso con fecha14 de junio de 1851, expidió la primera Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; estableciéndose en los artículos 82 al 104, lo relativo al Poder Judicial y asentándose, a partir del numeral 87, las reglas para la administración de justicia en lo civil, criminal y general. En esta Constitución se indicaba que el Poder Judicial residía en un Tribunal Supremo de Justicia, integrado por 4 personas, entre éstas un Fiscal, nombradas por el Congreso a propuesta en terna del Gobierno, y en los demás Jueces inferiores que señalaba la misma Constitución. Asimismo, se estableció que el Supremo Tribunal funcionaría en Salas, cuyas atribuciones serían determinadas por la ley particular, en tanto que los Tribunales inferiores eran: los Jueces de Primera Instancia, en los puntos establecidos o que se establecieran; los Alcaldes Municipales, en sus Municipios; los Alcaldes Conciliadores, en sus pueblos; y los Jueces de Paz, en sus respectivos cuarteles, cuadrillas o rancherías.
Más tarde el 22 de marzo de 1852, el Congreso del Estado aprobó los nombramientos de los siguientes Magistrados, entonces Ministros, para integrar por primera vez el Tribunal Superior de Justicia: Primer Ministro: Licenciado Rafael Solares; Segundo Ministro; Licenciado José N. Lavín; Tercer Ministro, Licenciado Antonio Noriega. Fiscal: Licenciado Miguel Quiñonez. Así fue como se creó el Estado de Guerrero y sus Poderes el Ejecutivo por decreto y los otros dos por la Legislación del Primer Congreso Instituyente.
El poder judicial lleva en su historia ciento sesenta y tres años de existencia, impartiendo justicia en Guerrero, con setenta y ocho presidentes del tribunal incluyendo al actual el doctor Ricardo Salinas Sandoval, Por unanimidad de votos se eligió al nuevo magistrado presidente del Poder Judicial en sesión ordinaria y pública, se designó a Salinas Sandoval como magistrado Presidente, y será también el presidente del Consejo de la Judicatura por el periodo que comprende del 1 de diciembre del 2024 a agosto del 2027.
La designación está fundamentada en el artículo 14 de la ley Orgánica del Poder Judicial, tomará protesta el primero de diciembre de este año, la discusión se dio porque se le quería tomar protesta pero la ley no permite que existan dos Presidentes en dicho tribunal, primero concluye Raymundo Casarrubias Vázquez, y luego se le toma protesta al designado.
A Salinas Sandoval, le tocará la reforma al Poder Judicial del Estado, es decir la elección de los jueces y magistrados, la reforma a la Constitución del Estado, la Ley Orgánica del Poder Judicial, y a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. En sus primeras declaraciones dijo que va a colaborar con la reforma federal.