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La suspensión del amparo otorgada para frenar la reforma constitucional es ilegal

Trinidad Zamacona López

“No son los poderes los que invaden sus esferas de competencias, son quienes los representan, hay una lucha de poder a poder”.

La juez quinto de distrito en el Estado de Morelos, a través de juicio de amparo 1251/2024, otorgó una suspensión provisional para que el Congreso de la Unión, la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Puntos Constitucionales frene el proceso de discusión de la reforma a la Constitución, proceso del que se quejan de que existe intromisión.

Pero veamos en que se basó, según el acto reclamado que presentaron los quejosos fue “Contra el dictamen de reforma constitucionales en materia judicial aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales no sea sujeto de discusión o votación por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, ni mucho menos de ser el caso se turne al ejecutivo para ser sancionado”.

Suspensión que se otorgó el día 30 de agosto, y cuya audiencia constitucional será el día 4 de septiembre del presente año, en donde se definirá si se otorga de forma definitiva o no, pero en todo caso de no otorgarse se deberán de esperar a que termine el trámite del amparo, por el momento la Cámara de Diputados, representada por el Diputado Ricardo Monreal Ávila, quien incluso al enterarse del otorgamiento de la suspensión amenazó con iniciar por lo menos tres acciones en contra de la letrada, uno seria el juicio político, que en el caso de los jueces de distrito se ubican en el artículo 110 de la Constitución Federal; procedimiento que sería en la misma cámara en donde Morena es mayoría, en ese caso la sanción esta garantizada para la persona de la toga y birrete, otra es que se le presenten denuncia penal por el delito de contra la administración de justicia, la Fiscalía General de la Republica está en manos de Morena también, ahí el procedimiento en contra de la jurista también está en garantía de que proceda sin ningún problema, y por último que se presente una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal, en ese caso los de esa instancia serían más garantistas con su homóloga para poderla sancionar por aplicar el derecho, con eso se piensan defender de la suspensión provisional.

Cumplir o no cumplir la suspensión sería el caso, pero como lo dijimos en varias ocasiones, los medios de impugnación sirven para revisar la legalidad y la constitucionalidad de los actos de las demás autoridades, en este caso el proceso legislativo aun y cuando gozan de autonomía parlamentaria deben de ajustarse a la Constitución y su ley interna, y quien les revisan que se ajusten a ello, es la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo menos eso reconocía Monreal Ávila, antes de olvidarse que es jurista conocedor del derecho y no palero de una reforma que trastoca la división de poderes, el federalismo, y sobre todo la autonomía e independencia de los mismos.

Las mismas Cámaras de Diputados y de Senadores, pueden recurrir a los recursos que señala la propia Ley de Amparo, pues en su artículo 61 establece que el juico de amparo es improcedente, fracción I. Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con ello pueden recurrir a otro medio de impugnación, pero como los juzgados están en paro en donde lo van a promover, pero les gana más el hígado a los morenos en decir que procederán con iniciar otro tipo de juicios en lugar de combatir de forma legal lo que ellos consideran que esta fuera de la norma, o que los togados se han extralimitados en sus facultades. Una cosa es ser borracho y otra muy diferente es ser cantinero, no se les da lo jurídico para ellos solo vale su ley.

La movilización de los trabajadores del Poder Judicial Federal, obligó a los legisladores a cambiar la sede de la sesión del día de ayer.

Al paro nacional ya se sumaron los trabajadores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión privada, los ministros que votaron a favor de sumarse al paro nacional de labores fueron: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ana Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y la presidenta Norma Lucía Piña Hernández, con ello demuestran que aún son mayoría y pueden echar abajo cualquier inconstitucionalidad que se llegara a presentar por parte de la Cámaras de Diputados o de Senadores, si es que no cumplen con el proceso legislativo.

Como era de esperarse las únicas togadas que votaron en contra del paro de los trabajadores que laboran en la sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fueron la autodenominada “ministra del pueblo”, Lenia Batres Guadarrama, así como Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, las tres letradas están plenamente identificadas con el oficialismo encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por ello es que le dan la espalda a sus compañeros que está defendiendo sus derechos ante un atropello que se va cometer desde el lugar donde se hacen las leyes que ahora ellos pretenden violentar.

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