Opinion

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, se reivindica con la justicia  

By Despertar de la Costa

April 04, 2022

Trinidad Zamacona López

“En todos los recursos de impugnación, lo que se persigue es que se revoque, se confirme o se modifique, la sentencia o resolución  impugnada”

Los que nos dedicamos a litigar diferentes asuntos en los Tribunales del País, sean federales o del fuero común; si las sentencias o resoluciones que estos dicten al final de todo proceso; si no, nos favorecen todos tenemos la oportunidad de impugnar esas sentencias o resoluciones; lo que se busca es que se revise la constitucionalidad, la legalidad y la convencionalidad de esas sentencias o resoluciones; esto es lo que se persigue en todos los recursos que se presentan en dichos órganos jurisdiccionales, pero no todo lo resuelve el Poder Judicial de la Federación, como lo veremos más adelante.

El Poder Judicial de la Federación, que es la responsable de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional, por sus siglas (SCJN) en materia constitucional es la encargada de vigilar que nadie viole la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que normalmente le llamamos la “supremacía constitucional” ese principio le corresponde a todos los Ministros cuidar y vigilar como última instancia para conocer y resolver asuntos que deben de conocer, ya sea por tramite o por atracción, ellos deben de conocer y resolver de fondo; sus resoluciones son inapelables e inatacables.

Según su página electrónica establece que “La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país y cabeza del Poder Judicial de la Federación. Tiene entre sus responsabilidades defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; mantener el equilibrio entre los distintos Poderes y ámbitos de gobierno, a través de las resoluciones judiciales que emite; además de solucionar, de manera definitiva, asuntos que son de gran importancia para la sociedad. En esa virtud, y toda vez que imparte justicia en el más alto nivel, es decir, el constitucional, no existe en nuestro país autoridad que se encuentre por encima de ella o recurso legal que pueda ejercerse en contra de sus resoluciones”.

La distribución para defender la legalidad, constitucionalidad y convencionalidad, su ámbito de competencia esta de la siguiente manera; “El artículo 1° de su Ley Orgánica señala que las instancias que lo conforman el Poder Judicial de la Federación: La Suprema Corte de Justicia de la Nación,  El Tribunal Electoral,  Los Tribunales Colegiados de Circuito,  Los Tribunales Unitarios de Circuito,  Los Juzgados de Distrito, El Consejo de la Judicatura Federal”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Federal Electoral, son los dos tribunales constitucionales que existen en el país; y para llegar a ser Ministro o Magistrado no puede ser por concurso de popularidad, deben de llegar los más capacitados, para que se garanticen precisamente que la constitucionalidad, la legalidad y la convencionalidad, hablen a través de las sentencias.

La SCJN tiene los siguientes medios de control constitucionalidad, el amparo, la Controversia Constitucional, la Acción de Inconstitucionalidad; por su parte el TRIFE tiene el Juicio Para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano, estos corresponden directamente a este poder.

Los otros medios de control, son el Juicio Político que lo tiene el Poder Legislativo, integrado por la Cámara de Diputados y la de Senadores; el otro lo tiene la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, aunque sus determinaciones no son vinculantes, es bueno saberlo, que investiga las violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos; el más reciente la revocación de mandato, este también lo tiene el ciudadano a través del voto en las urnas.

Ahora bien, la SCJN, ha pasado varias pruebas en esta época, la primera fue que uno de sus miembros, haya renunciado a ser Ministro; usted se preguntaría como abogado, ¿Quién siendo Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, renuncia a ese cargo? Pues solo el Ministro Eduardo Medina Mora, lo hizo; habría que decir que su renuncia se dio en una polémica por los ingresos económicos que no podía comprobar.

Otra prueba que el Poder Judicial de la Federación, fue el que un decreto emitido por la Cámara de Diputados, establecía que el actual Ministro y Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, que se ampliara en su cargo dos años más en su cargo; eso trastocaba el artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nuestra máxima norma dice cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior. Esa fue una prueba de fuego más para poder demostrar que están ahí para velar por la supremacía constitucional.  

Los constitucionalistas se manifestaron en contra de ese decreto; muchos ciudadanos del país también lo veían mal, que el propio –Ministro Presidente– consintiera esa violación grave a la Constitución Federal; al final el propio letrado dio su punto de vista, y manifestó que terminaría su cargo para el que fue electo y que no se extendería en el mismo, por ser contrario a la Constitución Política del país.

Una de las ultimas pruebas y con la que siento que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se reivindica con la justicia en México, fue el asunto de Alejandro Gertz Manero, contra Laura Moran su cuñada y a Alejandra Cuevas; en este caso que resolvió la Suprema Corte de Justicia, el procurador acusaba del homicidio de su hermano Federico Gertz Manero a la pareja de este, Laura Morán, y a la hija, Alejandra Cuevas. Al resolver el asunto de fondo los ministros votaron por unanimidad liberar a Cuevas, que sale de prisión tras año y medio encerrada.

El máximo tribunal judicial del país por unanimidad ordenó en su sentencia cancelar la orden de aprehensión contra Laura Morán, cuñada del fiscal, y liberar inmediatamente a su hija, Alejandra Cuevas, ambas acusadas de provocar la muerte del hermano del procurador. El fallo es un gran golpe al fiscal Alejandro Gertz Manero; quien usó todo su poder como fiscal para poder traficar o litigar un asunto personal ante los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que no está permitido en la propia norma del país.

El fiscal general del país, denunció a las mujeres por homicidio y omisión de cuidados de su hermano, en el 2005, fue una batalla judicial de casi siete años. Federico Gertz, murió en septiembre de 2015 en un hospital a causa de una “congestión visceral generalizada” producto de una neumonía y un infarto, de acuerdo al parte médico, y no como lo denuncio el fiscal general del país, por omisión de cuidados; en julio de 2020 un agente adscrito a la Fiscalía General de la República, solicitó la orden de aprehensión contra Cuevas y Morán, la primera fue detenida tres meses después, y la segunda nunca fue aprehendida.

El Ministro –Zaldívar Lelo de la Rea–manifestó que “Debemos resolver el fondo del asunto con un estudio en el que analicemos todas las pruebas”; después de la filtración de una llamada en la que el fiscal general leía a su mano derecha el proyecto, que no era público para las partes, y aunque él alego que si era válido, lo que no es procesalmente más en estos casos. Con eso se demostraba que el fiscal       –Gertz Manero – había realizado tráfico de influencias utilizó su cargo, al tener en sus manos un proyecto, por lo que tuvo un acceso privilegiado al trabajo que realizan los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre el caso de su familia; por ese motivo los ojos de todo el país estaban en los Ministros y Ministras que integran ese poder; no les quedaba de otra más que resolver conforme a derecho, y así fue, por eso se reivindican con la justicia que está en tela de juicio en nuestro país, declararon inexistente el delito por el que se les acusaba por ello quedaron en absoluta libertad.