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La resolución del Quinto Tribunal Colegiado, viola la autonomía de la UNAM

Trinidad Zamacona López

“No se puede confiar en alguien que violó la ley para beneficiarse a sí misma”

Después de que la FES, Aragón determinó que la Ministra Jasmín Esquivel Mossa, plagió la tesis de Edgar Ulises Báez Gutiérrez, togada en funciones, dicha institución determinó que Esquivel Mossa, al presentar su trabajo resultó ser una copia de la tesis del Licenciado Báez Gutiérrez, pero también reconoció que no tiene facultades para retirarle el título y la cédula profesional.

Por ello es que muchos integrantes de la sociedad, piden que los abogados, deben de tener ética profesional, y se entiende por este concepto como el “Actuar éticamente lo que implica, entonces actuar acorde con las normas y reglas de comportamientos impuestas por la sociedad que nos rodea, por eso la ética vive en cada ser humano sea cual sea su profesión y su entorno” esto aplica a todos los seres humanos, más para aquellos que buscar dar un servicio profesional, al tener todo en regla garantiza a quien solicita sus servicios que dicho profesionista es ético en su actuar frente al estado y la ley.

Ahora diremos que “El abogado debe obrar con probidad y buena fe. No ha de realizar actos dolosos o afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas, mutiladas o maliciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia”.

Los efectos del fallo del plagio de la tesis de la Ministra en funciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son tan graves que sus actos o resoluciones son nulas de pleno derecho, y que los afectados pueden recurrir al amparo, con la declarado de la FES Aragón, y con el comunicado de la UNAM, sus actos dependen de un procedimiento político, en caso de que no quiera renunciar por ética profesional. Cuestión que no sucedió siguió como togada en el más alto tribunal del país.

Después de que paso todo eso tanto la FES Aragón como la UNAM, se declararon sin norma alguna para sancionar a aquella persona que plagio una tesis para obtener  un título y después una cedula profesional para ejercer la carrera de licenciado en derecho, esa es la cuestión.

La Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jasmín Esquivel, ministra  (SCJN), aseguró en un comunicado que el Quinto Tribunal Colegiado Federal en Materia Administrativa confirmó “que no existió plagio alguno” en su tesis de licenciatura, por unanimidad de votos, el quinto tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito, dejó firme la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que determina en forma definitiva e inatacable lo siguiente, que que la UNAM, reconoció que la letrada cumplió con todos los requisitos para obtener ese gradeo de licenciatura, esto en concordancia con lo que determino el juez civil de la Ciudad de México, mismo que señalo en su sentencia que Esquivel Mossa, es la única titular de los derechos de autor sobre la tesis profesional.

Que la propia UNAM debe de respetar el principio de legalidad,  así como todos los derechos surgidos de la tesis presentada hace más de 40 años, ya que durante ese tiempo no se cuestionó su validez.

Y bueno se basa en lo que dijo el Abogado General de la UNAM, que en el momento de los hechos, no había o existía un procedimiento previsto en la legislación universitaria para anular el título profesional, por lo tanto se encuentra impedida aplicar la ley de forma retroactiva en perjuicio de la togada de referencia.

El fallo del quinto tribunal es una mordaza, atenta contra la autonomía universitaria, pues se convierte en un órgano externo que le da instrucciones de que frene cualquier procedimiento en contra de la Ministra, eso también es atentar contra la libertad de expresión y contra el principio de transparencia, pues en la resolución se establece que no se debe de dar a conocer los resultados, esto para no vulnerar los derechos de la Ministra en funciones, es decir que pesó más lo político que lo jurídico.

Pero el dicho de la Ministra de que la absuelven es falso, pues en realidad, el tribunal emitió una resolución que frena cualquier procedimiento de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) para determinar la autoría de la tesis, cosa muy diferente, frenar que absolver de culpa alguna, el que no seas culpable de algo, no significa que seas inocente de todo.

La UNAM máxima casa de estudios fue notificada el viernes 13 de diciembre y en un boletín del 16 de diciembre informó que  acatará en sus términos la resolución del tribunal que la instruye a dejar sin efecto cualquier acto o procedimiento contra la ministra Esquivel Mossa, pero eso no quiere decir que no se rompe con la autonomía universitaria, pues un poder ajeno al consejo universitario, a las autoridades de la UNAM, ya no están en libertad con esta resolución de dar a conocer los resultados, pues la mordaza que les aplicaron, les impide seguir con el procedimiento en su contra, lo que trastoca el artículo 3º de la Constitución Federal, fracción VII, que se refiere a la autonomía universitaria, vaya forma de violar la autonomía y la libertad de expresión de una institución a través de sus órganos de investigación.

Poco a poco los tribunales federal se van metiendo más en las decisiones de las universidades públicas del país, y los rectores no dicen absolutamente nada al respecto, al último ellos van a decidir quién debe de ser el rector de tal o cual universidad, es tiempo de alzar la voz, en defensa de la autonomía universitaria como un derecho constitucional.

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