Opinion

LA INICIATIVA DE REFORMA POLÍTICA ELECTORAL DE AMLO

By Despertar de la Costa

May 11, 2022

César Antonio Aguirre Noyola

“ALGUNOS TEMAS ACERTADOS Y OTROS CON DESPROPÓSITO”

He decidido estructurar en dos partes el presente tema. En el primer apartado tocaré específicamente las propuestas que incluye la iniciativa de Reforma Política Electoral presentada el día jueves 28 de abril de 2022 por el licenciado Andrés Manuel López Obrador a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. En un segundo apartado analizaré cada una de los referidos planteamientos.

La propuesta pretende modificar 18 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e incluir siete artículos transitorios a la propia Carta Magna mexicana. En una conferencia mañanera el inquilino del Palacio Nacional, Adán Augusto López Hernández (secretario de Gobernación), Horacio Duarte (titular de la Agencia Nacional de Aduanas) y Pablo Gómez Álvarez (responsable de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público), abordaron en diferentes momentos los puntos básicos que contiene el multicitado documento reformador. A continuación enunciaré los temas relevantes:

  1. La eliminación de las 200 diputaciones federales por el principio de Representación Proporcional (sólo quedarían 300 que se definirían mediante el principio de Mayoría Relativa). Es decir, de los 500 diputados y diputadas que integran la Cámara Baja del Poder Legislativo federal sólo permanecerían tres quintas partes de ese cuerpo colegiado.
  1. La eliminación de 32 senadurías asignadas mediante el principio de Representación Proporcional (quedarían únicamente 96: 64 que ingresan por medio del principio de Mayoría Relativa más 32 a través del principio de Primera Minoría). En otras palabras, de las 128 senadurías prevalecerían 96 senadores y senadoras que integrarían la Cámara Alta del Congreso General, lo que equivale a tres cuartas partes de la totalidad actual de ese tipo de legisladores y legisladoras.
  1. La reducción del número de diputaciones en los congresos locales (mínimo 15 y máximo 45) cuya determinación de la cifra de integrantes atendería a la población que tenga cada entidad federativa y la Ciudad de México).
  1. La reducción de los y las integrantes de los ayuntamientos municipales (estableciendo un límite de hasta nueve regidores), cantidad que se definiría en forma proporcional a la población de cada municipio.
  1. La conversión del Instituto Nacional Electoral (INE) en el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC); bajar de once a siete el número de consejeros y consejeras electorales y que estas personas sean elegidas popularmente el primer domingo de agosto.
  1. La desaparición de  los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), que son los encargados de organizar y vigilar el desarrollo de los proceso electorales a través de los cuales se eligen a las autoridades estatales y municipales dentro de cada estado federado.
  2. La  desaparición de los tribunales electorales locales, cuya función esencial es resolver, en primera instancia, las controversias que se susciten con motivo de la celebración de las elecciones en las entidades federativas.
  1. Que los magistrados y las magistradas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sean nombrados a través de las urnas por la ciudadanía.
  1. La eliminación del financiamiento público por concepto de actividades ordinarias permanentes asignado a los partidos políticos (que los institutos políticos sólo gocen del financiamiento público en los procesos electorales).
  1. La supresión de los tiempos oficiales en las frecuencias de radio y los canales de televisión que se disponen en la actualidad para la difusión de las actividades de las autoridades electorales durante los procesos electorales.
  1. El rediseño de la definición del concepto de “propaganda gubernamental”.
  1. La implementación del voto electrónico dentro y fuera del país (aunque este tipo de sufragio ya se aplica a los connacionales residentes en el extranjero, lo que se busca es perfeccionarlo).
  1.  La disminución del umbral mínimo de participación ciudadana requerida en el ejercicio de Revocación de Mandato, o sea, del 40% que actualmente solicitan la Ley Fundamental del país y la Ley Federal de Revocación de Mandato, se bajaría hasta el 33 por ciento de los ciudadanos y ciudadanas inscritos en la Lista Nominal de Electores.

Sabia virtud de conocer el tiempo.

César Antonio Aguirre Noyola

Investigador en materias política y electoral.