Ganó la cosa juzgada en México – Tinta Jurídica

Dr. Trinidad Zamacona López.

“Todos los Ministros son pares, es decir que gozan del principio de igualdad en todas las sesiones, y solo pueden votar en forma particular en caso de no estar de acuerdo con los proyectos de sus homólogos.”

La Ministra Lenia Batres Guadarrama, es un peligro en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y para el Sistema Jurídico Mexicano, al querer imponer su voluntad en las decisiones y votaciones del máximo tribunal del país. 

Ya lo habíamos dicho que “El peor enemigo de la justicia, es un Abogado que no conoce el Derecho” la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no legisla, esa función le corresponde el Congreso de la Unión, querer incluir cuestiones que no están en la Constitución o en la leyes es un atropello a la norma fundamental y a las leyes del país.

La SCJN, tiene una función muy específica, y querer reformar la Constitución de México o la leyes desde ese poder, choca con lo que conocemos la esfera de competencias, su función es otra, ellos como Ministros no pueden tomarse atribuciones que no están en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como Poder Judicial de la Federación, no respetar la esfera de competencias estamos ante un estado autoritario, en donde ellos los que tienen mayoría en las cámaras, en el Poder Judicial y tener el poder ejecutivo se sienten el Estado, es decir que no respetan las atribuciones y piensan que pueden hacer todo sin respetar al propia Constitución Mexicana. 

Insisto que los Ministros no legislan, no reforman las leyes, por lo tanto si quieren hacer pedazos la propia constitución de México y sus leyes, o si quieren más atribuciones de las que ya tiene, deben de buscar el apoyo de los de Morena en el Congreso de la Unión, donde tienen mayoría, para que eso que acaban de acordar por mayoría de votos, prospere de lo contrario, están poniendo en riesgo la legalidad, la seguridad jurídica de los ciudadanos, y eso no es bueno para el país, ningún Ministro es más que otro, atendiendo el principio de igualdad judicial, tampoco son dueños de las ponencias, pues el órgano colegiado puede votar por unanimidad, por mayoría de votos, con votos concurrentes, o votos particulares, que no es imponer la voluntad en el proyecto que ellos presentan o en el que están votando.

Esto lo decimos porque la Ministra Batres Guadarrama, originó un episodio el día de la sesión del 19 de enero del presente año, ella presentó un proyecto que pretendía en su propuesta revisar una sentencia precisamente que ya había sido resuelta por la Primera Sala, al darse cuenta de esta situación los Ministros votaron en contra de esa propuesta, la mayoría coincidió en eliminar el apartado relativo a la revisión de cosa juzgada, pero ella se aferró a que dicho contenido debía permanecer intacto por tratarse de su proyecto, y se contrario con sus homólogos pares, es más dijo que si ellos querían hacer su proyecto que lo hicieran pero que no tocaran el de ella, que así quedara en la publicación, rechazando la decisión de la mayoría de Ministros, los integrantes de este poder deliberan, someten a votación los proyectos, pero no se debe de permitir el que se imponga la voluntad de alguien en particular, menos de un integrante que se dice “Ministra del Pueblo” esa no es una representante popular que respete la voluntad de los demás Ministros, máxime que son mayoría, eso hace ahorita que es miembro de ese poder, no me quiero imaginar cuando le toque encabezarlo, ella si representa un peligro para la Constitución, y para el sistema jurídico mexicano, querer imponer su voluntad por encima de sus pares es un peligro, eso demuestra que quiere revivir a través de su propuesta asuntos que ya fueron votados, y que solo obedece a quien la puso ahí que es Andrés Manuel López Obrador, para vengarse de sus enemigos, para eso quiere la cosa juzgada, dejarla hacer lo que quiera o imponer su voluntad, significa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no tiene cabeza, y los que están obligados a respetar la Constitución simplemente no la respetan, porque obedecen a otros intereses, algo tiene que hacer el Ministro Presidente Hugo Aguilar, de lo contrario se estaría perdiendo cada día la confianza en el máximo tribunal del país. 

Lo más grave es que pese a la oposición de sus homólogos, el proyecto con el párrafo en controversia se mantuvo como ella lo dijo, y solo quedó la constancia de que la mayoría no compartía dicho criterio, esto sienta un mal precedente en la decisiones de la Corte, porque no se ve que estén a favor del estado de derecho, deja el precedente de que cualquiera de ellos puede imponer su voluntad por encima de la decisión que tomen la mayoría como es el caso, eso no da una buena señal al pueblo de México que dicen representar, ni a los inversionistas al vulnerar las sentencias ya votadas.  

Dirá Usted a mí que mi importa, debería de impórtanos, ya no hay nadie que nos defienda de las arbitrariedades, ellos eran los que según están para cuidar la ley fundamental, pero con esto estamos en completo estado de indefensión, es una lástima que quienes llegaron con una cantidad raquítica de votos, vulneren el estado de derecho y hagan de ese poder un instrumento para imponer sus ideologías o voten de acuerdo a quien los propuso para esos cargos. 

Volvemos a decir que por un lado tenemos lo que es “La cosa juzgada lo que es un concepto legal que impide que un asunto ya resuelto y con sentencias firmessea juzgado nuevamente, o sea reabierto de una manera por demás ilegal. Busca garantizar la seguridad jurídica al hacer que las decisiones judiciales sean definitivas e inmutables una vez que se han agotado todos los recursos legales, no proceda recurso legal alguno, esto evita litigios repetidos y garantiza la certeza en las relaciones jurídicas, protegiendo al vencedor de nuevas reclamaciones sobre el mismo objeto”. Esto se refiere a que México ningún juicio puede o debe de tener tres o más instancia para que lo conozcan o resuelvan, aun tratándose de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

De nueva cuenta con respecto a cosa juzgada, esto lo tenemos en el “Artículo 23de nuestra ley fundamental. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia”. Está en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no es una invención del que escribe, o de los Ministro de los acordeones.

Ahora bien en cuanto a la retroactividad de la norma; “La retroactividad de la ley es la aplicación de una norma jurídica a hechos o situaciones que ocurrieron antes de su creación. Por lo general, esto se considera una excepción a la regla de que las leyes solo se aplican a eventos futuros, ya que puede atentar contra la seguridad jurídica y los derechos adquiridos. Sin embargo, la retroactividad es permitida en algunos casos, especialmente cuando la nueva ley es más favorable para la persona (por ejemplo, una ley penal más benigna”) esto lo podemos encontrar en el arábigo 14 de la Carta Magna, como se le conoce a la Constitución de México; “Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata. En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho”. La misma Ley fundamental de nuestro país, así lo establece, lo de cosa juzgada, y la de no aplicar una ley de forma retroactiva que perjudique al ciudadano, pero si es a beneficio se puede hacer, solo en los casos de beneficio se puede dar de forma excepcional.

Gana la Cosa Juzgada, bueno esto tiene que ver, que los actuales Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, salidos recientemente de los acordeones metidos en las urnas, ya se dieron cuenta que los mexicanos no quieren que ellos cambien la Constitución y mucho menos las leyes, que impongan su voluntad en las decisiones que deben de ser colegiadas, lo que queremos es una Suprema Corte de Justicia de la Nación, que garantice el Estado de Derecho, la legalidad, se seguridad jurídica, y el respeto a los derechos humanos. 

La “cosa juzgada” debe de imponerse y debe de ganar a cualquier intento de avasallamiento a la Constitución, por más votos que hayan recibido en las urnas, todos están sometidos a la Constitución, y no la norma fundamental a ellos o ellas, por lo que es un peligro que alguien insista o pretenda que la cosa juzgada se vuelva a reabrir por un capricho o por la ignorancia del derecho, esos representan un peligro para México.

Si ustedes recuerdan la presidenta Claudia Sheinbaum, de inmediato dijo que rechazaba la propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para reabrir juicios concluidos y exigió desde la mañanera que el tribunal atienda primero los casos rezagados, que en eso tiene razón son muchos, pendientes y con poca capacidad para hacerlos, con más asesores cada uno de ellos, de los que tenían los anteriores, por lo menos en esto tiene razón, veremos qué otras cosas en materia jurídica se les ocurre.

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