Trinidad Zamacona López
“El Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, trabajan por la democracia, pretender desaparecerlos es un atentado contra la democracia misma”
Todos los Organismos Públicos Locales, trabajan por la democracia, por dar a conocer los derechos de los ciudadanos, en todo los rincones de los Estados, eso es lo que quiere desaparecer el Partido Movimiento de Regeneración Nacional, lo que no se debe de permitir, que un solo órgano organice las elecciones a nivel nacional, eso atenta contra la democracia, porque se concentra todo el poder en un solo partido y en un solo hombre.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, lleva más de 30 años realizando elecciones, confiables, democráticas, transparentes a los ojos de los ciudadanos; y los que se inconforman con los resultados ahí está el Tribunal Electoral del Estado; quizás los que representan a la institución no están a la altura de los reclamos de los tiempos actuales de la democracia de hoy, porque ellos se deben a los actores políticos o a los partidos políticos, por eso no gozan de autonomía plena, si no fuera así otro gallo cantaría en esas instituciones.
En la historia del derecho electoral del Estado de Guerrero, en el libro que escribió Hugo Pérez Bautista, Historia del Derecho Electoral Guerrerense, periodo 1848-1993, establece que la primera Ley electoral del Estado de Guerrero, se promulgo en 1851, después de que se erigió la entidad federativa Guerrero, los primeros distrito fueron Acapulco, Chilapa, Tasco y Tlapa, y la municipalidad de Coyuca, pertenecientes los tres primeros al Estado de México, el cuarto a Puebla, y la quinta al de Michoacán, quedando por límite de esta el rio balsas.
Las primeras autoridades electorales en el Estado de Guerrero, fueron las Juntas Primarias de Municipalidad y los electores municipales, que también se les conocía como Juntas Electorales; también existieron las Juntas de Distrito y la elección de diputados, estas eran competentes para conocer la elección de diputados, la Ley indicaba que si la población del distrito fuera menor a los 12,500 habitantes de todas formas se elegiría un diputado; en aquel entonces establecía la Ley, que la mesa electoral, compuesta por el presidente los secretarios y escrutadores, imponían multas de diez a cien pesos a los electores municipales que no se presentaba a la elección sin causa justificada, la mesa entregaba al alcalde municipal, una lista con el nombre de los electores multados y las cantidades respectivas, el alcalde se encargaba de hacer exigible y cobrar la multa, cuyo importe ingresaba a las arcas municipales, y se aplicaba en obras necesarias al distrito de residencia del elector multado.
Después vino la Ley Orgánica Número 45 que se expidió en el año de 1920, siendo Gobernador el C. Francisco Figueroa, esta Ley contemplaba las Juntas Revisoras y Computadoras; contemplaba las impugnaciones que se hacían ante las mesas electorales, exclusivamente, se hablaba de nulidad del voto y de las elecciones, existían ya los partidos políticos y los clubes políticos; para 1946 ya teníamos la Ley Electoral que se expido siendo Gobernador Baltazar R. Leyva Mancilla, esta ley electoral contemplaba ya la Comisión Electoral de Vigilancia Electoral, y regulaba la elección de Gobernador; de manera específica, la Comisión Estatal de Vigilancia Electoral, se encargaba de preparar y vigilar las elecciones interna del Estado, existían la división territorial, padrón electoral y listas electorales, ya se contemplan los delitos, y faltas en materia electoral.
Para 1956, siendo Gobernador Darío L. Arrieta Mateos, se expidió la ley Electoral, que era muy parecida a su predecesora del año de 1946, señalaba expresamente que el domicilio de la Comisión Estatal de Vigilancia Electoral, sería la Ciudad de Chilpancingo, y se renovaría cada tres años sus integrantes.
En el periodo del Gobernador el Ingeniero Rubén Figueroa Figueroa, se promulgó otra Ley el 4 de febrero de 1880, esta norma tuvo una vigencia de 24 años, y la Ley de 1980 solamente de tres años, esta legislación ayudo a ensanchar la vía democrática, dedicaba un gran capitulo a los partidos políticos, ayudó a erradicar la violencia como forma de dirimir las controversias, la Comisión Electoral del Estado, era el órgano de mayor jerarquía electoral, planeaba y organizaba las elecciones de Gobernador, Diputados y de Regidores, también tenía facultades de integrar los Comités Distritales Electorales y los Comités Municipales Electorales.
Guerrero para el año de 1983 estrenó otra Ley electoral, siendo gobernador del Estado de Guerrero, el Profesor y Licenciado Alejandro Cervantes Delgado, fue la ley que tuvo la menor vigencia del año de 1980. Ya que el 29 de agosto de 1983 fue promulgada la sexta Ley Electoral que se comenta, mantenía también los mismos organismos electorales, definía al sufragio libre, directo, después se le agregó libre y universal, prescribía que la credencia de elector debería ser permanente.
Para mayo de 1992 siendo Gobernador José Francisco Ruiz Massieu, ya se hablaba de un Código Electoral del Estado de Guerrero, abroga la Ley Electoral de 1983, y con este Código Electoral ya se instituye el Consejo Estatal Electoral, los Consejos Distritales y Municipales de Vigilancia y las meses directivas de casillas, contemplaba el Registro Estatal de Electores, así como una breve descripción sobre la integración y funcionamiento del Tribunal Electoral del Estado, como órgano jurisdiccional autónomo en materia electoral. También describía los medios de impugnación de los que le tocaba conocer al Consejo Estatal Electoral, a los Consejos Distrital Electorales y al Tribunal Electoral del Estado, desde la forma de su interposición, hasta los efectos de las resoluciones que se dicten en los recursos.
El Código Electoral del Estado de Guerrero, vigente a partir del 1º de mayo de 1992, contiene según el autor del libro la novedad de dejar en manos del Poder Legislativo, la función de organizar las elecciones a través del Consejo Estatal Electoral; quizás la reforma de Morena para allá se encamine, a tener el control de las todas las elecciones desde el Congreso de la Unión.
La integración del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, en aquel tiempo estaba de la siguiente manera, un Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, un Magistrado de lo Contencioso Administrativo, y el Presidente del Comisión de Defensa de los Derechos Humanos, los dos primeros serían nombrados por el pleno de cada tribunal.
Ya después el Consejo Estatal Electoral se integró con: a) Un Presidente (Coordinador del Congreso del Estado), b) Consejeros ciudadanos, c) Representantes de los partidos políticos (diputados con que se cuente en la Cámara); y d) Una Secretaría Técnica.
“Posteriormente el 28 de diciembre de 2007: la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado de Guerrero, aprobó la ley 571 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, que entró en vigor el 2 de enero de 2008, por medio de la cual desaparece el Consejo Estatal Electoral y se crea el Instituto Electoral del Estado de Guerrero, pero también a nivel nacional se crea el Instituto Nacional Electoral (INE) que sustituye al Instituto Federal Electoral (IFE) como un organismo público autónomo conformado con once consejeros electorales federales, con una duración de nueve años de su nombramiento, sin derecho a reelección, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos en los términos que ordene la ley”.
Al igual que el Guerrero, “se mantienen los principios rectores de la función electoral de: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, y se agrega el de máxima publicidad”. “Se establece que los Organismos Públicos Locales Electorales estarán integrados por un consejero presidente y seis consejeros electorales, todos serán nombrados directamente por el Instituto Nacional Electoral para un periodo de siete años, sin derecho a reelección”.
Se eleva a rango constitucional la obligación de los partidos políticos de garantizar la paridad entre los géneros en candidaturas a legisladores federales y locales.
En el decreto del 29 de abril de 2014, ya se “reguló lo concerniente a las candidaturas independientes; prerrogativas, obligaciones y financiamiento de los partidos políticos; tiempos máximos de precampañas y campañas; la obligación de los partidos políticos de registrar candidaturas observando el principio de paridad con fórmulas compuestas por personas del mismo género, propietarios y suplentes; la reelección de Diputados locales y Ayuntamientos, se incrementa el umbral de votación en la elección para mantener el registro de los partidos políticos a 3%, entre otras modificaciones y se crea el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, para desaparecer el Instituto Electoral del Estado de Guerrero”
Tenemos a parte del Instituto Electoral el Tribunal Electoral local; pero noto queda ahí, tenemos al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que es el máximo órgano que resuelve las controversias que se dan también desde los Estados, así como a nivel nacional, cuanta con sala superior, salas regionales, y una sala especializada; gozan estas instancias de credibilidad, como para que venga un partido a querer retroceder más de 30 años, poner la organización de las elecciones de los Estados en un solo organismo es retroceder.
Por ello dentro del aniversario del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana la Consejera Vicenta Molina Revuelta, al concluir la caravana que marchó por la ciudad de Chilpancingo dijo “Los 30 años de actividad del instituto electoral local, son sinónimo de garantía, seguridad y confianza en la organización de las elecciones y en la construcción y empoderamiento de una mejor ciudadanía interesada en la integración de sus órganos de representación y en otros formas de participación, no electoral, pero por igual relevante para la vida pública de nuestro estado” a quien le expreso mi agradecimiento por compartirme su discurso y algunos datos que hoy se publican en este prestigiado diario.
El Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, trabajan por la democracia, pretender desaparecerlos es un atentado contra la democracia misma.