De agresor sexual a cónsul
Víctor Alberto Barreras Castro, nombrado cónsul en Las Vegas por el Gobierno de López Obrador (SRE Comunicado 20/09/2019), fue detenido el 6 de mayo de 2011, luego de que el juzgado cuarto de primera instancia de lo penal de Ciudad Obregón, Sonora, girara orden de aprehensión en su contra por el delito de estupro (relaciones sexuales con menores de edad), de acuerdo con el expediente número 141/2011 que obra en mi poder. La víctima de Barreras, cuyo nombre me voy a reservar para proteger su privacidad, tenía 14 años; él 24 años. Barreras quedó libre tras el pago de fianza.
En Estados Unidos, donde el ex Vicepresidente interino de Morena en Cajeme pretende ser cónsul, el estupro es un delito penal grave. Conocido como “statutory rape” (violación tipificada), ha sido condenado por el movimiento Me Too. En meses recientes, ese tipo de delito sexual acaparó titulares en torno al escándalo del millonario Jeffrey Epstein quien fue acusado de dirigir una extensa red clandestina de sexo con menores. Epstein se suicidó en prisión.
La denuncia contra Barreras, interpuesta por la madre ante el juez Octavio Castrejón Martínez, consta de declaraciones testimoniales de la querellante, el padre y la tía-madrina de la víctima, y de la madre del inculpado, así como dictámenes de ginecología practicado por dos peritos que concluyeron que el himen de la menor había sido desgarrado y otro de psicología que da cuenta de secuelas emocionales a consecuencia de la “agresión sexual”.
El inculpado se reservó el derecho a declarar ante el juzgado indicando que lo haría posteriormente por escrito. Sin embargo, en su declaración testimonial, Olivia Castro Pérez, madre del acusado, dijo que el 12 de enero de 2011, cinco días después de la agresión sexual, “su hijo le confesó” que tuvo relaciones con la menor en el domicilio de la casa que tienen en Pueblo Yaqui.
La víctima era alumna de Barreras en la escuela Secundaria Técnica #56 de Ciudad Obregón donde ella estudiaba segundo año de secundaria y él daba clases de inglés como profesor suplente. Barreras la sedujo diciéndole que la quería, que le gustaba mucho, que cuando fuera mayor iba pedir permiso a sus padres para ser novios y que el sexo era para conocerse mejor. La agredida declaró que Barreras le enviaba mensajes con “palabras obscenas” y que poco a poco fue “metiéndole curiosidad para saber como se sentía tener relaciones sexuales”.
La menor declaró ante la autoridad judicial que el 7 de enero de 2011, Barreras la recogió en su auto en el lugar acostumbrado (una gasolinera) y que sin decirle a dónde iban la llevó a la casa de su madre en Pueblo Yaqui donde la “penetró con su pene en su vagina”. Usó condón. Añadió que tuvo relaciones sexuales con él porque la “convenció y le gusta y lo quiere”.
Con base en los testimonios, los dictamines de peritos y la inspección ocular y fe ministerial del lugar de los hechos, el juzgado acreditó fehacientemente los requisitos probatorios del cuerpo del delito incurrido por el inculpado: conducta de acción consistente en tener cópula, cópula con una mujer menor de 18 años y seducción destinada a vencer su resistencia psíquica o moral para obtener la cópula con la víctima.
La demanda contra Barreras terminó en sobreseimiento. Los padres aceptaron el pago de reparación de daños por un monto desconocido. Sin embargo, de acuerdo con especialistas consultados, el arreglo no exime a Barreras del delito de estupro que acreditó el juzgado. Sólo significa que se salvó de cumplir una condena de dos a cuatro años de prisión.