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Editorial.

La “seguridad nacional” de la 4T

En plena guerra de Vietnam, el presidente Richard Nixon intentó en 1971 que la Suprema Corte de Estados Unidos declarara como asunto de seguridad nacional los llamados Papeles del Pentágono y detuviera su difusión por parte del New York Times y el Washington Post.

Nixon aseguraba que se trataba de un asunto de seguridad nacional. La Corte le pidió pruebas del daño que se causaría a la integridad de Estados Unidos si se daban a conocer las condiciones que habían llevado a ese país a una guerra que estaba perdiendo.

Nixon no pudo probar ninguna afectación y la Corte hizo prevalecer la Primera Enmienda de la Constitución a favor de la libertad de expresión.

En un voto concurrente, el magistrado Potter Stewart estableció que en asuntos que se pretenden de seguridad nacional por parte del Poder Ejecutivo deben operar los contrapesos.

Aunque en ese caso se trataba de un asunto relacionado con la libertad de expresión, el criterio de los contrapesos al Ejecutivo y la demostración del daño a la seguridad nacional se ha expresado en distintos instrumentos internacionales, como Principios de Johannesburgo sobre la Seguridad Nacional, la Libertad de Expresión y el Acceso a la Información, adoptado por Naciones Unidas en 1996.

No basta que El Ejecutivo y las Fuerzas Armadas aleguen que un tema es de seguridad para que lo sea. En México, el Ejército y la Marina se han destacado por clasificar como seguridad nacional asuntos que no lo merecen y que han tenido que combatirse en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y en el Poder Judicial.

El renunciado ministro Eduardo Medina Mora, por cierto, cuando fue director del reemplazado Centro de Investigación y Seguridad Nacional, pretendía que la información de seguridad nacional se reservara durante 30 años. Argumentaba que en otros países lo hacían hasta cien años. La ley de Seguridad Nacional estableció 12 años.

El problema es la discrecionalidad de las autoridades para considerar un asunto como de seguridad nacional. Para la Sedena, por ejemplo, el contrato de la ampliación de su estacionamiento es un asunto de esa índole. Los mexicanos, por tanto, no tienen derecho en ese periodo a saber cuánto y cómo se gastó su dinero en ese estacionamiento.

El argumento de “seguridad nacional” fue que el secretario de la Defensa pasa por ahí y por lo tanto no se puede difundir información sobre la obra. Eso ocurrió en el sexenio pasado.

Ahora, el gobierno de la 4T dice que todas las instalaciones militares serán clasificadas como estratégicas para la seguridad nacional. Bajo ese “argumento de peso”, todos los espacios, incluidos, los estacionamientos serán asunto de seguridad nacional. Desde luego, el aeropuerto que el presidente Andrés Manuel López Obrador quiere que se construya en la Base Aérea Militar de Santa Lucía.

El Ejecutivo ya logró que el juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México revocara la suspensión de uno de los amparos que han impedido el inicio de la construcción de esa terminal.

Sin que se conozcan aun los criterios del juez para tomar una decisión judicial por “causas de seguridad nacional” se espera que las otras suspensiones judiciales en contra del aeropuerto también sean revocadas.

El caso inevitablemente llegará en revisión a la Suprema Corte. Minada como está por la renuncia de Medina Mora como ministro y bajo una creciente influencia del Poder Ejecutivo Federal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación difícilmente podrá convertirse en ese contrapeso del gobierno en asuntos donde se invoca al fantasma de la seguridad nacional, que así visto significa todo y nada a la vez.

Si el presidente y sus colaboradores en verdad estuvieran preocupados por la seguridad nacional, estarían concentrados en proteger no solo su componente militar, sino también en generar las condiciones de gobernabilidad democrática y reasumir el control que se ha perdido en amplios territorios del país, entre otros verdaderos apremios.

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