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Diputado propone eliminar “ultrajes a la autoridad” en el Código Penal por ser inconstitucional

Boletín

Chilpancingo, Gro.– La Comisión de Justicia analiza una iniciativa para derogar el artículo 296 del Código Penal del Estado de Guerrero y eliminar el tipo penal de ultrajes a la autoridad, por considerarse inconstitucional al violar el principio de taxatividad y permitir interpretaciones que vulneran los derechos humanos. Con ello, se busca armonizar la legislación estatal con los estándares constitucionales y los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La iniciativa, presentada por el diputado Juan Valenzo Villanueva (Morena), tiene como objetivo derogar dicho artículo, el cual tipifica el delito denominado ultrajes a la autoridad, ya que fue declarado inconstitucional por la SCJN al resolver el Amparo Directo en Revisión 2255/2015.

En esa resolución, el máximo tribunal del país subrayó que la disposición impugnada violaba el principio de taxatividad, es decir, el deber de que las normas penales estén redactadas de forma clara y precisa. Como consecuencia de dicha sentencia, el artículo 287 del Código Penal del entonces Distrito Federal fue derogado, al reconocerse su incompatibilidad con los principios constitucionales en materia penal y de derechos humanos.

En una línea argumentativa similar, en 2022 la SCJN estudió acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Veracruz, en contra de una reforma publicada el 11 de marzo de 2021 a diversos artículos del Código Penal local. Como resultado, declaró la invalidez del tipo penal de ultrajes a la autoridad, previsto en el artículo 331, fracciones I, II y IV, del Código Penal del Estado de Veracruz.

En dicha acción, la Corte argumentó que el tipo penal violaba el principio de taxatividad, el derecho a la libertad de expresión y que se trataba de una norma sobreinclusiva y desproporcional.

Por lo anterior, se propone derogar este precepto del Código Penal del Estado de Guerrero, ya que, según el legislador, “una norma penal que no logra acompañar los cambios sociales se convierte en anacrónica, obsoleta y, por ende, ineficaz, lo que refuerza la importancia de su oportuna reforma a través de los canales legislativos correspondientes”.

Finalmente, se resalta que la descripción de este delito es ambigua, vaga e indeterminada, lo que lo convierte en un tipo penal abierto, susceptible de aplicación e interpretación arbitraria por parte de las autoridades. Por ello, se plantea derogar el artículo 296 del Código Penal local, en congruencia con la Constitución y el respeto a los derechos humanos.

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