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Aventar peluches del Dr. Simi no es ilegal: Lelo de Larrea

Nayeli Rubí Pérez Ochoa

El Presidente de la Suprema Corte de la justicia de la Nación, mediante un video difundió el mensaje que titula esta pequeña nota, tal video pudo ser gracioso e informativo, tomando en cuenta que en los últimos meses se ha popularizado la simpática figura representativa de esa farmacia, evento por lo más afortunado, ya que quienes se encargan de su producción son personas con capacidades diferentes, por lo que el fama del mismo es de reconocer, anhelamos que con esto, puedan ser contratadas más personas en el centro en que se fabrican los peluches, el cual se encuentra ubicado en Puebla, perteneciente a la empresa CINIA, que emplea alrededor de 400 personas, gran número de ellos con capacidades diferentes.

En realidad, el mensaje difundido el día domingo por el honorable ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, se usa como un pretexto para criticar su actuar y el de sus compañeros, ya que es inconcebible que se avoque a difundir tal contenido después de lo sucedido con la discusión del proyecto que pretendía inaplicar la prisión preventiva oficiosa por ser violatoria a los derechos humanos

Recordemos un poco, los pasados días 5, 6 y 8 de septiembre de este año, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, discutió la inaplicación del artículo 19 constitucional en lo referente a la prisión preventiva oficiosa, la propuesta discutida la realizó el Ministro José María Aguilar Morales, su planteamiento (a consideración propia), es garante del bienestar individual y social, pues existe un gran número de personas que se encuentran en prisión, esperando ya sea la sentencia o la continuación de su proceso, que ante  la inactividad e impulso procesal, queda paralizado a la espera de que alguna persona, presione para que se lleven a cabo los acto procesales tendientes a revelar la verdad, o por lo menos, a sentenciar u absolver.

Es inconcebible e insultante que el Ministro, quien deben ser el protector y garante de que la justicia sea efectivamente aplicada, no hayan podido sostener su dicho de manera firme, que su argumento careciera del robustecimiento necesario para resistir a los de los disidentes; sin omitir mencionar que la presión no sólo la ejercieron sus congéneres, sino también el representante de poder ejecutivo, quien desde su trinchera mandó sutiles amenazas.

De conformidad con cifras arrojadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en su Censo Nacional del Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2021, tan sólo en el año 2020 el presupuesto ejercido por los centro penitenciarios del país, fue de 37 mil millones de pesos, presupuesto que si bien es cierto se divide entre los recursos humanos que se necesitan para operar los centros, también engloban los que se distribuyen para la población carcelaria, como son la comida diaria, ropa, cobijas, artículos de higiene personal, etc.

Este censo arroja una cifra desoladora, que el 40% de los reos no tienen sentencia definitiva, es evidente entonces el gran número de personas que se ven privadas de un derecho tan fundamental como lo es la libertad, quienes ante la lentitud de a justicia resienten en lo más profundo la poca preparación de sus defensores (a quienes ante la enorme carga laboral se les absuelve), ante la voracidad de los ministerios públicos y la imposibilidad de allegarse por falta de recursos, de un abogado particular que estudie a fondo su asunto; en pocas palabras, como ha sucedido históricamente, quien sufre es el pobre.

Ampliando el panorama de la propuesta del Minstro José María Aguilar Morales, estos se fundan en los principios de progresividad que tienen los derechos humanos, recordemos que el Estado Mexicano ha suscrito y el Senado ha ratificado la Declaración Universal de Derechos Humanos, que entre sus disposiciones más importantes tenemos: Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 11 -1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

De acuerdo con esta Declaración suscrita por el Estado Mexicano desde el año 1948, la libertad es un derecho indispensable que debe ser respetado y garantizado por las autoridades en todos los niveles.

Efectivamente los derechos humanos no pueden ir disminuyendo, son progresivos, se pretende siempre la mayor protección y satisfacción de los mismos, el mismo Ministro Presidente se ha pronunciado en reiteradas ocasiones acerca de esto, tanto en sentencias como en televisión.

Es Sistema Penal Inquisitivo es el que ha mantenido a mayor cantidad de población carcelaria sin sentencia, se usó de manera indiscriminada para denunciar a personas sin la necesidad de tantas pruebas, a sabiendas de que irían a prisión.

En cambio, el Sistema Acusatorio dio luz ante una oscuridad completa, acelerando los procesos y estableciendo que una persona privada de la libertad no puede quedar en ese estado de manera indefinida, sino que existe un límite de dos años para tal, así que quien tenga la premura de que el acusado no lleve su proceso en libertad corporal, debe acelerar el mismo.

No se entrará al debate de si los presos que no han sido condenados merecen estar ahí, cada caso es particular, seguramente desde el punto moralista, muchos lo merecen, sin embargo, cada caso es único y por lo tanto es imposible emitir un juicio desde el sentir.

Lo que sí podemos hacer es sentenciar la lentitud que los encierra indefinidamente dentro de una celda, que los condena a pasar años lejos de sus familias, de sus seres queridos, de las alegrías que da la vida, de cosas tan simples como disfrutar un paisaje, desde ese ángulo cambia la percepción, resultando hasta grosero el seguir manteniendo esta prisión preventiva.

Estamos a la espera de la nueva y consolidada propuesta, veremos si llega.

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