A propósito de la libertad de expresión – Tinta Jurídica 

Por Dr. Trinidad Zamacona López.

“No me digas que decir o como decirlo, solo respeta mi derecho a expresarlo”

La libertad de expresión es un derecho constitucional, para los ciudadanos no para el gobierno, los funcionarios y las instituciones que representan deben de respetar la opinión, la crítica y sobre todo la denuncia de su mal actuar. 

La libertad de expresión es en esencia “Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información, el cual no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley.”

Cuando digo que es un derecho constitucional es porque está establecido en el “Artículo 6º. El cual manifiesta que “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado”.

Insisto que este derecho constitucional es para los ciudadanos, para el Estado existe la obligación de garantizarla, es decir que será este en calidad de autoridad el que debe de brindar todas las garantías para que el pueblo se exprese de forma libre sin meterse con la moral de los funcionarios públicos a cuales se les cuestiona o se les critica su actuar. 

El único límite que tiene la libertad de expresión en los ciudadanos es la moral misma que se fundamenta en la conciencia individual y en las creencias y costumbres de una sociedad, en esto radica el límite de quien deba expresar las ideas, por ello es que la moral son las normas o razones morales las que determinan si un sujeto tiene un derecho, un deber, una libertad, una inmunidad,con ello es que en algunas personas son llevadas a los juzgados por daño moral, y es ahí cuando el juzgador observa la ley y los hechos para determinar si se pasó el límite de la moral, por ello es que en las sentencias sale a resaltar que la libertad de expresión tiene límites, esa es la razón del derecho.  

El derecho de la libertad de expresión esta ligado al derecho de imprenta que está en el Artículo 7º. Mismo que a la letra dice “Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones”. Esto quiere decir que el ciudadano tiene el derecho y  la garantía, y que el Estado tiene la obligación de garantizar la libertad de imprenta que señala el precepto constitucional. 

Por ello es que señalo que es un derecho constitucional pues la carga magna dice que “La libertad de imprenta en México es el derecho constitucional a escribir, publicar y difundir información sin censura previa, garantizando que las personas puedan expresar sus ideas sin restricciones. Este derecho está consagrado en la Constitución Política de México, específicamente en los artículos 6 y 7. Con ello debe de quedar claro que las personas tienen el derecho constitucional de publicar, a escribir difundir información sin censura previa, sin restricción alguna, y solo tiene como límite la moral, aquí también tiene su impedimento a quien haga uso de este derecho. 

Ahora a nivel internacional donde están protegidos estos derechos, bueno “El derecho a la libertad de expresión está protegido por la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo artículo 19 señala”: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.Entonces la libertad de expresión y de imprenta está también en un pacto de los derechos humanos, entonces estos dos derechos son considerados humanos, es decir todos tenemos derecho a expresarnos a publicar, difundir las ideas, las críticas, en fin son  entonces derechos fundamentales, pero son los periodistas, los dueños de los medios de comunicaron y no los ciudadanos los que hacen uso de este derecho.

Pero también “el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) salvaguarda este derecho y amplía su margen de protección al prohibir expresamente restricciones indirectas en su ejercicio y al acotar la censura previa sólo para proteger derechos de terceros y por razones de seguridad nacional y orden público”. Estos instrumentos son la base para que el Estado no pueda prohibir o restringir, ni mucho menos la censura para aquellos que hacen uso de ese derecho, será una aliciente que existan estos instrumentos para garantizar la libertad de expresión y el de la libertad de imprenta. 

La libertad de expresión en México y en todo el mundo esta ligado de manera intrínseca a los periodistas ya que el periodismo es una de las manifestaciones principales de este derecho, existen periodistas hechos con el tiempo de forma habitual, es decir existen periodistas sin títulos ni cedulas, son reconocidos como tal por la sociedad, existen los licenciados en ciencias de la comunicación, que muchos terminaron su periodo en las escuelas, pero dejaron trunco el trámite del título y la cedula que los acrediten como tal, pero es la forma en como difunden las ideas y es cuando adquieren con el tiempo el ser llamado periodistas, no tengo nada en contra de nadie, solo puedo decir que la libertad de expresión es de todos, no nada más de los periodistas, gracias a ese derecho y a esa libertad es que escribo en este medio, gracias a los propietarios de este diario, aquí me expreso y solo tengo el limite la moral, esa libertad de expresión permite a los periodistas buscar, recibir y difundir información, sin temor a represalias por parte del Estado y de los políticos que tiene la piel en ocasiones muy sensibles. Lalibertad de expresión y la de imprenta  en nuestro país y en todos los países del mundo, por ello es fundamental para la democracia, ya que permite a la sociedad estar informada y tomar decisiones de manera responsable, para la sociedad es un derecho humano estar informada, para el ciudadano o el periodista solo existe en la libertad de expresión o de imprenta la moral, para el Estado la obligación de respetar, sin restricciones y sin censura de ningún tipo para menoscabar la expresión de las ideas y de las comunicación, la libertad de expresión se ejerce sin corta pisas, no se pide permito para expresarse ni para comunicar una idea, o un pensamiento “No me digas que decir o como decirlo, solo respeta mi derecho a expresarlo” gracias a todos los que se toman su tiempo para leerme en estas líneas, mil gracias. ¡Viva la libertad de expresión!

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